La Rioja

Las mujeres podrán bajar del ‘búho’ en Logroño en cualquier punto del recorrido

Logroño ya tiene a punto su reglamento de transporte urbano. El concejal del ramo, Francisco Iglesias, ha presentado este lunes el borrador del mismo para explicar que en los próximos días se publicará en la web municipal y los ciudadanos dispondrán entonces de diez días para realizar sugerencias.

– Borrador del reglamento (PDF).

Posteriormente, el documento deberá ser aprobado por la Junta de Gobierno Local, tras cuya aprobación se contará con diez días para que los diferentes grupos municipales (PP, PSOE, Cambia Logroño, Ciudadanos y PR+) presenten enmiendas. Una vez presentadas, se estudiará su viabilidad y, una vez elaborado el documento definitivo, se elevará a Pleno.

El último paso: tras su aprobación, habrá un período de un mes de alegaciones. Elaborado el documento definitivo, volverá a pasar por el Pleno municipal y, una vez publicado en el BOR, entrará en vigor.

“Es una normativa fundamental de la que la ciudad carecía hasta ahora, el primer reglamento específico en este campo, que ha tratado de adaptarse a la realidad actual y las nuevas demandas de los usuarios, y que este Equipo de Gobierno manifestó como uno de los pilares en la mejora del transporte urbano”, ha señalado iglesias.

– Soluciones a situaciones del día a día

Flexibilidad en las paradas en los autobuses de servicio nocturno

Entre la nueva reglamentación destaca la relativa a la espera, acceso y descenso de los viajeros. “Somos conscientes de que el trayecto de los autobuses nocturnos o ‘búhos’ cuenta con características diferentes a los autobuses que transitan el resto del día. Tienen menos viajeros y atraviesan zonas en ocasiones poco frecuentadas. Por este motivo, el Ayuntamiento podrá autorizar paradas intermedias para el desembarque, fuera de las prefijadas, atendiendo, especialmente, a razones de seguridad y siempre desde una perspectiva de género”, ha explicado.

Presencia de animales en los autobuses

Las personas con discapacidad visual pueden viajar acompañadas de su perro guía, y las que tengan otras discapacidades, con su perro de asistencia. En todos los vehículos se hará referencia mediante pictograma, en lugar visible para todos los viajeros.

Entre los derechos de los usuarios figura también el de transportar pequeños animales domésticos, siempre que se encuentren en receptáculos adecuados y homologados (transportín).

Garantizar la seguridad y el acceso a los usuarios con movilidad reducida

Uno de los objetivos de este Reglamento es garantizar el acceso a los usuarios con movilidad reducida, así como su seguridad dentro del vehículo.

Por este motivo, se dedica un capítulo específico a la accesibilidad para que tanto la presencia de barreras físicas como el acceso de personas con discapacidad auditiva o visual quede adecuadamente garantizada, así como la utilización inclusiva, independiente y segura del transporte público municipal.

Los monopatines y similares podrán ser transportados en fundas adecuadas

Transportar monopatines o patinetes, siempre que estén protegidos y se transporten en fundas adecuadas, en posición vertical, o sujetos por su portador al cuerpo mediante correas o cintas.

– Derechos de los viajeros

El Reglamento, según ha explicado el concejal de Transporte Urbano, relaciona los derechos de los usuarios, establece las condiciones de utilización y la información que deberá estar a disposición de todos los potenciales usuarios.

Asimismo, se establecen las obligaciones de las personas que utilizan los servicios de transporte y los de la empresa prestadora del servicio.

En especial, entre los derechos de los viajeros destacan los siguientes:

– Elegir, en su caso, entre los diferentes títulos de transporte que, según precios y condiciones, figuren en los cuadros de tarifas aprobados por el Ayuntamiento, y adquirirlos en los lugares y horarios habilitados.
– A recibir información de las razones que motivan la no realización de la parada y de la posibilidad de viajar en el siguiente autobús de la línea afectada.
– Estar amparados por los seguros obligatorios que correspondan a este tipo de transporte.
– Obtener el reintegro del importe del viaje en caso de suspensión del servicio, en los términos establecidos en este Reglamento.
– Portar objetos o bultos de mano, que serán sujetados de manera eficaz, y en ningún caso supondrán molestias o peligro para otros viajeros. Como norma general se admitirán los bultos que no tengan medidas superiores a 100 x 60 x 25 cm.

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