El Rioja

Conflicto de marcas: la justicia da la razón a Bodegas 1808 frente a Solar de Samaniego

No es la primera vez que la marca de un vino enfrenta a dos bodegas por la coincidencia del nombre y ese interés por hacer de su uso algo exclusivo. La última sentencia en conocerse es la que implica a dos bodegas de Laguardia: Solar de Samaniego y 1808, la antigua Herederos de Perfecto Martínez. La primera registró en 2008 la marca Valcavada para usarla en uno de sus vinos, mientras que la segunda lanzó en 2016 un vino bajo el nombre 1808 Temperamento Natural Valcavada Singular Vineyard, ambas haciendo alusión a ese paraje de Valcavada de Laguardia en el abundan las viñas. El Tribunal Supremo ha dado la razón a Bodegas 1808 alegando que un topónimo no tiene carácter de exclusividad para usarse como marca, así como que «no existe riesgo de confusión para el consumidor».

Pero para llegar a este fallo han tenido que pasar seis años de proceso judicial, desde que Solar de Samaniego presentó la demanda en el Juzgado de lo Mercantil de Bilbao. De ahí pasó a la Audiencia Provincial de Bizkaia y finalmente, al Tribunal Supremo.

«Tenemos una parcela en el paraje de Valvacada y queríamos sacar un vino de parcela que se llamara así, así que tras hacer una consulta verbal al Consejo Regulador, creamos un registro de marca con el nombre (1808 Temperamento Natural Valcavada Singular Vineyard). Pasó todos los controles de la Oficina Española de Patentes y Marcas y lo autorizaron, pero poco más de un año después nos llegó esta demanda que se basaba en la ley de marcas y que decía que estábamos usando un nombre de un vino que otra bodega ya tenía registrado. Pero nuestro registro de marca no coincidía con el suyo, porque sino la Oficina nos lo hubiera echado para atrás. De hecho, el proceso que habilita este organismo para presentar alegaciones ya había transcurrido, por lo que se había emitido el certificado», relatan desde la gerencia de Bodegas 1808 a este medio.

La victoria de Bodegas 1808 viene también por la falta de coincidencia entre el nombre de ambos vinos y también en la imagen de las botellas. «Es decir, que no había una intención de generar confusión en el consumidor y ese es el verdadero sentido de la sentencia final».

En la demanda, Bodegas Solar de Samaniego exigía una indemnización económica muy elevada: «Había varios términos en los que reclamaban, por ejemplo, el 1 por ciento de la facturación anual de ese vino, o bien el total del beneficio de su comercialización. Otro capítulo también reflejaba que debíamos pagar un importe de 600 euros diarios durante el tiempo en el que hubiéramos estado usando la marca Valcavada. Así que si se suman los diferentes términos salía una cifra millonaria, eso seguro».

Sosiego, por fin, tras cerrar este amargo capítulo para el equipo de 1808, que lamenta el esfuerzo económico que ha supuesto todo este proceso para la bodega y es que, tal como dictaba la demanda, durante el tiempo que duró el proceso judicial dejaron de usar dicho nombre en este vino cuyo principal mercado era Estados Unidos, con el perjuicio que ello tuvo para sus clientes tras el esfuerzo de promoción de la marca. La decisión de retomar el uso de la marca Valcavada ahora está en el aire.

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