Los patinetes eléctricos se han convertido en una alternativa cómoda y económica de moverse por las ciudades. En un vehículo de apenas un metro de alto y otro de largo se puede disponer de una autonomía de entre 45 y 50 kilómetros con una sola recarga, lo que implica un tiempo de uso de aproximadamente dos horas.
Con estas características no es de extrañar que veamos cada vez más y más por las calles. Sin embargo, se trata de un vehículo como cualquier otro y, como tal, debe respetar una serie de normas de circulación. Pero son muchos los que se animan a saltarse estas normas con el peligro que ello conlleva. Hace apenas unos días se produjo en Calahorra un accidente en el que se vio involucrado un menor de 13 años que conducía un patinete eléctrico, cuando este tipo de vehículos solo pueden ser utilizados por mayores de 16 años.
En lo que llevamos de año, solo en Logroño se han producido medio centenar de accidentes en los que estaba implicado un patinete eléctrico, también llamado Vehículo de Movilidad Personal (VMP). Además, las denuncias tramitadas por parte de la Policía Local de Logroño se han multiplicado por ocho en los últimos cuatro años, pasando de apenas 36 a lo largo de todo 2020 a 286 entre enero y noviembre del presente año.
De todas ellas, la denuncia que más se ha tramitado, con un total de 123, es que dos personas viajaban en el mismo vehículo, cuando la ordenanza reguladora lo prohíbe, limitando a una sola persona por vehículo. El segundo motivo por el que más denuncias se han interpuesto -46- es porque la persona que conducía era menor de 16 años.
Desde la Policía Local de Logroño explican que este incremento del número de denuncias está motivado por el aumento del número de usuarios de este tipo de vehículos. Por ello, los agentes municipales están llevando a cabo diversas campañas de información y control con el objetivo de «concienciar a quienes opten por este medio de transporte sobre una circulación correcta y responsable para buscar una mejor seguridad vial y corregir las infracciones». La última de ellas comenzó el pasado lunes 9 de diciembre y estará activa hasta el próximo miércoles 18.
Normativa vigente
- En el caso de los VMP, el Ayuntamiento de Logroño cuenta desde hace más de cuatro años con una ordenanza reguladora. Entre otros aspectos, deja claro que en un patinete eléctrico no pueden viajar dos personas, se debe disponer de timbre (si el vehículo tiene manillar), tener 16 años o más para conducirlo, llevar el DNI y el uso recomendado de casco (obligatorio en el caso de actividad de explotación económica).
- Otros aspectos que se han de tener en cuenta son la obligación de realizar pruebas de alcohol y drogas si los agentes de la Policía Local lo requieren; así como que para atravesar pasos peatonales el usuario deberá llevar el vehículo a pie, salvo que cuente con un tramo de carril bici.
- Tanto los VMP como las bicicletas pueden circular por zonas de prioridad peatonal (calles residenciales y zona 30) respetando la prioridad peatonal (si hay aglomeración de personas, el usuario debe bajarse del vehículo y continuar a pie) y a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora
- Al igual que al resto de vehículos, a los VMP y a las bicicletas les afecta la normativa de tráfico. Así, por mencionar algunas de las infracciones más habituales, sus usuarios no deben manipular el teléfono móvil ni llevar auriculares mientras circulan; y al circular de noche o en situaciones de baja visibilidad se deben llevar luces homologadas y, en el caso de los VMP que circulen por la calzada, prendas o elementos reflectantes.
- Por otro lado, los usuarios de VMP y bicicletas no pueden circular por aceras, andenes, ni paseos. En el caso de las vías ciclistas (carril bici y acera bici), tendrán prioridad las bicicletas sobre los VMP y deberán circular a una velocidad máxima de 20 km/h (10 km/h en el caso de las aceras bici).
- Finalmente, también pueden circular por los carriles 30 y por calzadas con un solo carril por sentido de la circulación, en ambos casos a una velocidad de 30 kilómetros por hora en el caso de las bicicletas y de 25km/h en el caso de los VMP, pues es su límite máximo de velocidad. También pueden circular por parques y vías permitidas para la circulación de bicicletas en estos espacios, siempre respetando la prioridad peatonal y a una velocidad máxima de 5 km/h.
- En cuanto al estacionamiento, lo deben realizar en lugares habilitados para motocicletas y bicicletas, en aparcabicis y, si no hubiera ninguna de estas opciones, en las aceras junto al bordillo dejando tres metros de anchura de acera libres.


