El Rioja

Cosecha en verde: 3.800 euros por hectárea y nuevos criterios de prioridad

La Consejería de Agricultura ha publicado este lunes las bases reguladoras para la solicitud de ayudas de cosecha en verde en La Rioja, que trae como novedad diferentes criterios de prioridad para acceder a estas subvenciones. La prima rondará los 60 céntimos por kilo de uva (3.800 euros por hectárea).

Las negociaciones han dado sus frutos y, finalmente, para el cálculo del precio medio del valor de la uva se tendrán en cuenta los precios y rendimientos medios de las cosechas de uva de los años 2017, 2018 y 2019. En un borrador inicial, sin embargo, se planteaban las campañas de 2018, 2019 y 2023, lo cual hubiera alterado a la baja el valor medio final de la uva. Así, con la actualización en 2025 según el IPC se fija 1,19 euros por kilo de uva, sobre un rendimiento máximo de 6.500 kilos por hectárea.

El coste unitario que se ha fijado para la presente convocatoria es, al igual que el año pasado, de 509 euros por hectárea si la eliminación de racimos es manual y 284 euros por hectárea si es mecánica. Los beneficiarios de las ayudas cobrarán el 50 por ciento de este calculo y el 50 por ciento de lo referido a la pérdida de renta o ingresos por la falta de venta de esa uva.

Así mismo, otro de los factores que se han tenido en cuenta para calcular el precio es la superficie de viñedo final. En las solicitudes presentadas en 2024 la superficie de viñedo financiada, una vez realizadas las comprobaciones obligatorias, resultó un 10,10 por ciento inferior a la superficie que consta en el Registro de Viñedo, siendo esta superficie la que finalmente se pudo pagar. “Con el fin de optimizar fondos, evitar su devolución por falta de ejecución y lograr que lleguen al mayor número de viticultores, la superficie a solicitar será la superficie que consta en el registro menos un 8 por ciento”, ha matizado la consejera.

El plazo de presentación de las solicitudes estará abierto desde este martes hasta el 16 de abril, a las 14:00 horas. El plazo para solicitud del pago de la ayuda finalizará el 15 de julio de 2025. Las solicitudes se deberán presentar electrónicamente a través de la aplicación PRV, utilizando el certificado electrónico para lo cual se podrá acreditar a un representante.

Una vez que se complete el proceso de comprobación de los datos a nivel administrativo y se hayan realizado los controles de campo, la Consejería de Agricultura remitirá el 7 de junio al Ministerio de Agricultura, por orden de prioridad, las solicitudes admisibles. De este modo, se prevé que antes del 30 de junio se publique la resolución de concesión de las ayudas. En esa fecha, ha concluido la consejera, los solicitantes conocerán la resolución con sus parcelas aprobadas, y deberán retirar completamente las uvas de éstas antes del 15 de julio. En este plazo también se deberá comunicar la finalización y la solicitud de pago.

En caso de que el Ministerio con competencias en materia de agricultura formalice asignaciones escalonadas de techos presupuestarios para esta intervención dentro de un mismo ejercicio FEAGA o, incluso, con cargo al ejercicio FEAGA siguiente, y que como consecuencia de lo anterior, no sea factible el abono simultáneo de todos los expedientes de una misma convocatoria, el orden de prioridad en la ejecución de los pagos será conforme al momento de presentación de la solicitud de pago registrada en la aplicación informática de gestión.

Cabe recordar que el Ministerio de Agricultura activó el pasado mes de febrero la intervención de cosecha en verde en viñedos de uva para vinificación con un presupuesto de 19,2 millones frente a las 21,4 millones de euros que se presupuestaron para 2024. Noemí Manzanos, que ha comparecido este lunes junto al director de Desarrollo Rural, David Martín, ha precisado que «esta cantidad podría variar a medida que se ejecuten estas medidas como ya ocurrió en el 2024, cuando se partía de un presupuesto de 21,4 millones de euros para cosecha en verde y finalmente se repartieron 25,9 millones».

En este sentido, la Consejería de Agricultura trabaja para que la cosecha en verde sea considerada medida prioritaria y se amplíe su presupuesto, «dando cumplimiento al compromiso adquirido con nuestros viticultores». Además, La Rioja aspira a que lleguen la mayor cantidad de fondos porque la experiencia en campañas anteriores «nos demuestra que es una práctica eficaz en su propósito de reducir el exceso de oferta de uva en el mercado y ofrecer una alternativa para los agricultores que no puedan vender todas sus uvas», ha resaltado Manzanos.

Criterios de prioridad

El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de bases, siguiendo el régimen de concurrencia competitiva considerando los siguientes criterios de prioridad:

– 40 puntos a las solicitudes colectivas (con 10 o más solicitantes) y cero para el resto de solicitudes.

– 40 puntos a parcelas inscritas en la DOCa Rioja.

– 40 puntos a parcelas inscritas con variedades de uvas tintas.

– 40 puntos a parcelas inscritas con la variedad tempranillo.

– 40 puntos a los viñedos de hasta 35 años en el momento de la solicitud de ayuda.

– 20 puntos a las explotaciones prioritarias.

– 17 puntos las explotaciones cuyo titular acredite mediante certificado que permanece incluido en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios y 18 puntos a los que acrediten que permanecen en dicho sistema de manera exclusiva. Este criterio es excluyente con el criterio de prioridad de explotación prioritaria, debiendo el beneficiario optar por uno de los dos.

– 4 puntos si la parcela de viñedo es mayor de 0,59 hectáreas.

– 3 puntos a las explotaciones que sean Titularidad Compartida.

– 3 puntos si el solicitante es joven agricultor de hasta 40 años.

– 3 puntos a los solicitantes que pidan ayuda para menos de 4,5 hectáreas, y 1 punto a los solicitantes que pidan ayuda entre 4,5 y 6 hectáreas.

Requisitos

Se entenderá como cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.

– La ayuda a la cosecha en verde será de aplicación a los viñedos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se destinen a la producción de uva para vinificación.

– La superficie máxima por solicitud objeto de resolución aprobatoria será de 10 ha por viticultor y año.

– Cada solicitud de ayuda podrá incluir una o más parcelas de viñedo. La solicitud de ayuda se deberá realizar según las parcelas vitícolas que constan en el registro de viñedo de la Comunidad Autónoma de La Rioja de manera que la parcela de viñedo solicitada constará de una o de varias parcelas vitícolas del registro.

– La superficie solicitada de cada parcela de viñedo no podrá ser superior a la superficie inscrita en el registro de viñedo para la vitícola o vitícolas que integran dicha parcela de viñedo reducida en un 8 por ciento.

– La superficie solicitada por parcela de viñedo será igual o superior a 0,3 hectáreas.

– Las parcelas de viñedo deberán haber sido plantadas previamente a las tres campañas anteriores a aquella en la que se solicita la ayuda.

– No se admitirán solicitudes de modificación de la ayuda solicitada que afecten a los requisitos de admisibilidad, a la puntuación o que aumenten el importe de ayuda concedida. Tampoco se admitirán cambios o renuncias parciales de las parcelas de viñedo incluidas en la solicitud de ayuda salvo causas de fuerza mayor o errores manifiestos.

Beneficiaros

Se podrán acoger a la ayuda a la cosecha en verde las personas viticultoras cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación. En el momento de solicitar la ayuda deben estar inscritos en el Registro de Viñedo las personas viticultoras como explotadores/cultivadores, así como sus parcelas objeto de solicitud de ayuda. Por otro lado, no podrán ser beneficiarios:

– Quienes contravengan la normativa vigente tanto en materia de plantaciones de viñedo para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación, como en materia de las declaraciones obligatorias.

– Aquellos que, una vez aprobada la ayuda, no solicitaran el pago de la misma dentro del plazo establecido en las dos últimas convocatorias.

– Aquellos que hayan renunciado a la ayuda una vez concedida en las dos últimas convocatorias.

– Aquellos que se demuestre, previo procedimiento contradictorio, que han creado artificialmente las condiciones exigidas para cumplir los criterios de admisibilidad o de prioridad establecidos.

– Aquellos que hayan sido sancionados en firme por la autoridad competente en materia de agua por hacer un uso ilegal de este recurso en aquellas hectáreas de regadío para las que las hayan solicitado.

– Aquellos que hayan sido sancionados en firme por la autoridad competente por sanción grave o muy grave en base a lo previsto en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria en los dos años anteriores.

– Aquellos que incumplan cualquiera de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, entre ellos el de encontrarse al corriente respecto de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

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