El Gobierno ha modificado la normativa de intervenciones sectoriales vitivinícola y apícola de la Política Agrícola Común (PAC) para garantizar la continuidad de las ayudas en 2028 y también ha introducido varias mejoras en la intervención sectorial hortícola aplicables desde el 1 de enero próximo.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio, un real decreto con estos cambios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PAC) que permitirá garantizar la continuidad de las ayudas del actual período de aplicación (2023/2027) en 2028. En lo que al sector vitivinícola se refiere, la normativa aprobada modifica el real decreto que regula la normativa básica de aplicación de esta intervención sectorial.
Además de permitir la continuidad de las ayudas después de 2027, también se introduce la aplicación en España de las medidas más urgentes que recoge el paquete legislativo del vino aprobado por la Unión Europea que entró en vigor en marzo.
La propuesta de los reglamentos de la nueva PAC para el periodo de programación 2028-2034, que la Comisión Europea presentó en julio de 2025, detalla que todas las intervenciones de esta política se incluirán en el nuevo Plan de Asociación Nacional y Regional.
Ayudas vinícolas
Debido a la naturaleza de la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV), es necesario que las convocatorias de ayudas que se vayan a pagar en 2028 se publiquen con uno o dos años de antelación, según el caso.
Por ello, con esta normativa se amplía el horizonte de las ayudas más allá de 2027, hasta que se puedan realizar las convocatorias con la nueva regulación del marco 2028-2034. De esta forma, según el MAPA, se aporta seguridad jurídica y se garantiza que los operadores del sector vitivinícola puedan percibir estas ayudas en 2028.
Las modificaciones para aplicar el paquete legislativo del vino incorporan medidas esenciales para hacer frente a los desafíos del sector vitivinícola.
Así, en el caso de las operaciones de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación, infraestructuras y estructuras de comercialización, se eliminan restricciones y se reformulan conceptos para la inclusión de la comercialización a través del enoturismo dentro de las actuaciones subvencionables.
Además, para lograr una «correcta» transición y la continuidad del apoyo, se incluye una convocatoria adicional de inversiones que se abonará con cargo a las anualidades 2028 y 2029, cuya resolución debe notificarse antes del 31 de diciembre de 2027.
Paquete del vino
La reforma adapta también el calendario de aplicación del denominado paquete vino: entre las novedades, se amplía hasta un máximo de nueve años consecutivos el apoyo a las acciones de promoción y comunicación de vinos con Denominación de Origen protegida (DOP), Indicación Geográfica Protegida (IGP) e indicación de variedad en terceros países (mediante un máximo de dos prórrogas de tres años cada una).
Además, se refuerza el acceso a la financiación de los pequeños productores mediante criterios de prioridad objetivos para favorecer nuevos beneficiarios, mercados y productos. Al igual que en inversiones, se ajustan los plazos de las convocatorias de las anualidades 2028 y 2029 para garantizar una transición ordenada.
Las modificaciones aprobadas incluyen ajustes técnicos relacionados con las intervenciones de reestructuración y reconversión de viñedos y cosecha en verde para mejorar su aplicación.
Intervención apícola y hortícola
En cuanto a la Intervención Sectorial Apícola se modifica el Real Decreto906/2022, de 25 de octubre, con el fin de prever la prórroga de la eficacia de dicha intervención más allá del marco temporal inicialmente previsto y asegurar una transición ordenada entre periodos de programación.
Respecto a la Intervención Sectorial de Frutas y Hortalizas (ISFH), las disposiciones que se modifican refuerzan la seguridad jurídica de los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, especialmente en lo relativo a la gestión de crisis, según el Ministerio.
Asimismo, se actualizan e incorporan nuevos productos al régimen de indemnizaciones por realizar retiradas de mercado con destino la distribución gratuita u otros fines, se realizan varias correcciones y ajustes de carácter técnico, y se establecen disposiciones transitorias para adaptar la normativa al denominado «paquete de simplificación» de la PAC aplicable al sector.


