La Rioja

El juez del Caso Ghali advierte de la “amplia zona de oscuridad” creada por el Estado

El juez de Zaragoza que instruye el caso de la presunta entrada ilegal en el país del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, considera que desde los poderes políticos del Estado se ha propiciado una “amplia zona de oscuridad” en torno al procedimiento judicial abierto, con invocaciones a la Ley de Secretos Oficiales que lastran la instrucción llevada a cabo.

Así se pone de manifiesto en un auto del titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza, al que ha tenido acceso Efe, en el que se rechaza la petición de la fiscalía de inhibición del caso respecto a uno de los delitos investigados, el de falsedad documental, en favor de un órgano judicial de Logroño, ciudad en cuyo hospital ingresó Ghali el 18 de abril de 2021 tras su entrada en el país a través de la base aérea de la capital aragonesa.

En su auto, el instructor advierte de que el “nido de ambigüedades” y de “desconocimientos” en el que se ha convertido la causa desde sus inicios a causa de los testimonios de los testigos y de las dos personas que estuvieron imputadas inicialmente, la exministra de Asuntos Exteriores Arantxa González Laya y su exjefe de Gabinete, Camilo Villarino, “desaconsejan la inhibición”.

Una inhibición, señala el juez, que “sería arriesgada en cuanto presumiría con ligereza que no están relacionados ni los motivos ni las personas para en su caso prevaricar y falsear el documento de identidad”, en referencia al presunto pasaporte falso presentado por la persona que acompañaba a Gali en el momento de ingresar el centro hospitalario riojano.

Tras insistir en que ambos delitos están relacionados, el instructor recuerda que el pasado mes de mayo, la Audiencia de Zaragoza acordó el sobreseimiento “provisional y no libre” de la causa en relación a González Laya y a Villarino, por lo que los hechos aún pueden considerarse como delitos a pesar de no existir en estos momentos indicios para imputarlos.

Destaca que los propios magistrados del tribunal zaragozano consideraron “indudable” que Ghali accedió a territorio español sin someterse a los controles fronterizos y que esto se debió a un “acto político o de gobierno al que no podría darse trascendencia en vía penal”.

Entiende el instructor, sin embargo, que estos actos políticos o de gobierno estarían “limitados” por la obligación de los poderes políticos de cumplir las resoluciones judiciales y a colaborar con jueces y tribunales”, afirmación hecha en relación a la posibilidad de que fuera conocido el requerimiento que pesaba sobre Ghali a instancias de la Audiencia Nacional en el momento de entrar en España.

Al hilo de esta argumentación, el juez Lasala asegura que aunque no hay indicios de la autoría del presunto delito de prevaricación sí los hay de su existencia, así como de su conexión con otro de falsedad documental, y añade que son varias las opciones sobre una autoría “conjunta o concertada” que, subraya, la referida “zona de oscuridad” dificulta determinar.

Asegura, por otra parte, que la invocación continua por parte de los responsables políticos a la Ley de Secretos Oficiales es “entendible” ya que “si tan ajustados y convenientes eran los acuerdos respecto a la entrada y asistencia en España de Brahim Ghali, se podría entender el secreto invocado por las fricciones políticas con un país vecino (Marruecos) si éstas no se hubieran producido ya en el momento en que se mencionó esta causa dicha ley de secretos”.

Mientras tanto, Lasala se encuentra a la espera del resultado de la comisión rogatoria internacional enviada a Argelia para que las autoridades de este país informen sobre la autenticidad del pasaporte que utilizó esta personal al ingresar en el hospital de Logroño.

La finalidad es que las autoridades argelinas indiquen si el pasaporte fue expedido de manera regular y si el número que figura en la fotocopia incluida en el procedimiento judicial corresponde con un expediente tramitado por sus servicios oficiales y expedido el 18 de abril de 2021, el mismo día de la llegada del líder polisario a España.

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