La Rioja

Aceptan un año de cárcel por no dar de alta a sus trabajadores en La Rioja

Dos acusados de un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, algunos de los cuales no dieron de alta en la Seguridad Social; y de otro contra la saludad y seguridad de los trabajadores, al existir un riesgo grave para estos, han aceptado una pena de 1 año y 6 meses de prisión.

La Audiencia Provincial de Logroño ha celebrado este jueves un juicio de conformidad, en el que se ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas.

Cada acusado, ambos de nacionalidad georgiana y administradores de una empresa en Arnedo, ha sido condenado a 1 año de prisión y multa de seis meses a 6 euros por día por un delito contra los derechos de los trabajadores.
También han sido condenados a 6 meses de prisión y 6 meses de multa a 6 euros por día por un delito contra la salud y seguridad se los trabajadores. Las penas han sido suspendidas por 3 años, supeditadas al pago que se fije como responsabilidad civil.

El fiscal ha apoyado la suspensión de la pena, dado que el tiempo de condena entra dentro de los límites legales, los acusados no tienen antecedentes penales y su situación de residencia en España está regularizada.

Además, la pena incluye el pago de forma conjunta y solidaria en concepto de responsabilidad civil de las cantidades y cuotas impagadas que sean reclamadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social por los trabajadores no asegurados, más los intereses legales.

Como responsable civil subsidiaria, responderá la empresa de contratación propiedad de los acusados.

FOTO: Raquel Manzanares/EFE.

Estas cantidades se fijarán en ejecución de sentencia y de acuerdo con el acta levantada por la Inspección de Trabajo.
El escrito inicial de acusación del Ministerio Fiscal señala que los acusados, padre e hijo, administraban una empresa en Arnedo desde diciembre de 2016 de guarnecido o cosido de calzado.

En febrero de 2017, en una inspección de trabajo, se constató que había 12 personas trabajando, de las que solo 3 estaban dadas de alta en la Seguridad Social y de las otros 9, 6 no tenían permiso para residir ni trabajar en España y 3 podían trabajar, pero sus datos no figuraban de alta en la Seguridad Social.

Las condiciones laborales de los trabajadores se basaban en una jornada laboral de unas ocho horas, con el cobro de entre 3 y 5 euros la hora, pero los que no tenían permiso de residencia no habían recibido ningún dinero y no querían denunciar esta situación por sus circunstancias personales, según la Fiscalía.

También detalla que se observó la existencia de un riesgo “grave e inminente” para la seguridad y salud de los trabajadores.

Ello se debía, entre otros, al riesgo de explosión por la utilización de adhesivos -pegamento- próximos a una bombona de butano, sin que los trabajadores usaran algún equipo de protección individual; un deficiente estado de la instalación eléctrica y falta de limpieza y orden en general.

La inspección acordó una orden de paralización de la actividad desarrollada en ese centro de trabajo ese mismo día.

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