La Rioja

Piden cárcel al acusado de una estafa y más de 345.000 euros de indemnización

El fiscal pide 5 años de cárcel y unos 3.000 euros de multa a un hombre, en calidad de administrador de una mercantil de transporte de mercancías, acusado de ser el presunto autor de un delito de estafa a empresas y particulares querellantes, a las que deberá indemnizar entre 6.000 y 70.000 euros, hasta un montante global que supera los 345.000 euros. El juicio contra este hombre, que no tiene antecedentes penales por otras causas, está señalado para este lunes en la Audiencia Provincial de Logroño.

Según relata el fiscal, en su escrito de acusación, desde 2012, la mercantil “MTM Rioja S.L.”, que atravesaba una situación económica difícil, subcontrató con diversas empresas todas sus operaciones de transporte. MTM, a través del acusado, percibía el dinero que, por sus servicios de transporte, le abonaban sus clientes, entre ellos grandes empresas como Mercadona, Alcampo, Artadi Alimentación, Carrefour o Aldi, y MTM, a su vez, debía pagar a sus subcontratistas.

En ningún momento, el acusado tuvo intención alguna de abonar los servicios de transporte subcontratados. En 2014, se declaró el concurso voluntario de la citada mercantil, que el imputado “había gestionado pésimamente”, y cuyo volumen de endeudamiento y dependencia financiera había sido excesivamente elevado entre 2010 y 2013, lo que generó una deficiente estructura financiera de la compañía.

La llevanza irregular de la contabilidad por parte de esa mercantil de transporte por carretera también ha impedido a los acreedores conocer la auténtica situación económica de la misma. El acusado, conocedor de que la mercantil era inviable, y ocultando la desesperada situación económica de la empresa, contrató con las empresas y particulares querellantes la realización de servicios de transporte, cuyo precio percibió de los clientes.

La finalidad era aplicar el dinero obtenido a la satisfacción parcial del importe de deudas anteriores, principalmente financieras, y con el designio preconcebido de impagar la totalidad o la mayor parte de dichos servicios. Como hechos delictivos, el fiscal relata que el imputado, para evitar estos pagos, ideó diversos mecanismos; dejó de abonar el servicio que realizaban los subcontratistas y se quedó la mercantil con el dinero percibido de las empresas comitentes, por cuya cuenta se realizaban los transportes.

Para garantizar que las empresas subcontratistas o autónomas continuaran realizando los múltiples servicios de transporte contratados, en la creencia de que cobrarían por ello, y poder percibir así MTM, de sus propios clientes, el precio del transporte, el acusado entregó a dichos subcontratistas o autónomos diversos pagarés, que eran renovados a su vencimiento, y finalmente les entregó a todos pagarés a vencimiento 18 de junio de 2013 ó 18 de julio de 2013.

El acusado sabía que no había fondos para abonar estos pagarés, y nada hizo para, con el dinero recibido por los transportes realizados, pagar a subcontratistas y autónomos. Para las fechas de vencimiento de los pagarés, el acusado había previsto la desaparición y el cierre de negocio de la empresa MTM y despidió a sus 39 trabajadores, a través de un expediente de regulación de empleo.

En ocasiones, para convencer a los subcontratistas para que continuaran realizando sus servicios de transporte para MTM, el acusado confeccionaba documentos en que, aparentemente, se consignaba que les habían transferido cantidades como pago, siendo incierto este hecho. En otros casos, ante la falta de cobro de las cantidades adeudadas, MTM convencía a los subcontratistas con diversos mensajes en su página web, del tipo: “Si os vais, no cobráis”.

Esta mercantil ha perjudicado a empresas, cooperativas y autónomos que han realizado para ella servicios de transporte, sabiendo el acusado que no pagaría por los mismos. Los hechos relatados constituyen un delito continuado de estafa, cualificado por exceder de 50.000 euros el valor de la defraudación (325.834,55 euros), y por haberse cometido aprovechando el autor su credibilidad empresarial de los artículos 248.1, 250.1.5o y 6o, y 74 del Código Penal.

Del expresado delito, el fiscal considera que es autor el acusado, como administrador de la mercantil MTM Rioja, y para el que pide 5 años de prisión y diez meses de multa, con una cuota diaria de 10 euros, demás de la indemnización a los perjudicados entre 6.000 y 70.000 euros, hasta un montante global que supera los 345.000 euros

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