La Rioja

Absueltas las acusadas del caso ‘Casa Cuna’

El Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño ha decidido absolver a Noelia O.A., Verónica G.E. y María del Carmen A. F. -exdirectora y exprofesoras de la guardería municipal Casa Cuna-, a las que se acusaba de un delito de malos tratos, tanto físicos como psicológicos, y de un delito de “violencia habitual”. La Fiscalía reclamaba una pena de prisión de un año y nueve meses, para la primera, y de ocho meses, para las otras dos cuidadoras del centro.

La sentencia, a la que ha tenido acceso nuevecuatrouno.com, señala que la existencia de siete testigos daba fuerza de verosimilitud a los hechos que manifestaban, pero que existían “contradicciones, ambigüedades y exageraciones” detectadas en sus relatos, por lo que la convergencia de sus relatos es una “convergencia a medias”. La jueza indica que esta situación se produce debido “al descontento generalizado de todas las profesoras de apoyo y de las profesoras tutoras de la Casa Cuna por las condiciones laborales en las que eran contratadas por Eulen -empresa que gestiona la guardería, propiedad del Ayuntamiento de Logroño-, ya fueran contratos fijos discontinuos o contratos temporales por meses”.

Por todo ello, la sentencia dice que “Eulen pecó de escasa sensibilidad para detectar el descontento de sus trabajadoras y transformar la inestabilidad laboral en dinamismo positivo introduciendo incentivos; y el Ayuntamiento de Logroño fue incapaz de captar la disminución en la calidad del servicio provocada por las decisiones empresariales internas de Eulen”. “Y ello, de manera indirecta, nos ha traído hasta aquí”, apostilla.

Los hechos se remontan a agosto del año 2013, cuando una trabajadora de Eulen alertó a varios padres de presuntas prácticas vejatorias, agresiones incluidas, que se producían en el centro. Ante esta situación, los tutores de estos niños pusieron los hechos en conocimiento del Consistorio logroñés y de la Policía Nacional.

La investigación atribuyó a las tres personas citadas anteriormente un presunto delito contra la integridad moral del que finalmente han quedado absueltas. El escrito de acusación de la Fiscalía también pedía una indemnización de 225 euros para cada niño citado en el escrito, pero la sentencia determina que las costas procesales ocasionadas sean declaradas de oficio y cada una soporte las costas causadas a su instancia.


Subir