La Rioja

La segunda bebé intercambiada en Logroño recibirá 850.000 euros de indemnización

El Consejo de Gobierno ha acordado este martes indemnizar a la segunda de las dos bebés intercambiadas por error en el antiguo Hospital San Millán de Logroño en 2002, así como a su familia. En concreto, y en línea con el dictamen del Consejo Consultivo de La Rioja emitido el 31 de julio, así como de la jurisprudencia existente en casos similares, el Ejecutivo ha resuelto compensar a la joven con 850.000 euros, y con 735.000 euros a su familia.

El Gobierno regional reconoce la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, concretamente de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, a través del organismo autónomo Servicio Riojano de Salud (SERIS), por el funcionamiento de la Administración sanitaria (antiguo Hospital San Millán), que ha causado a los reclamantes unos daños morales que no están obligados a soportar.

Así, era obligación de la Administración controlar la identidad de las dos niñas desde el momento de sus nacimientos hasta sus respectivas altas hospitalarias, para garantizar que cada una de ellas fuera entregada a sus padres biológicos y no a otras personas. En tanto en cuanto esto no se produjo, existió una disfunción en las medidas de identificación y control de los bebés, y resulta acreditada la existencia de un nexo causal entre la actuación de la Administración y el daño reclamado.

El Gobierno, en sintonía con el Consejo Consultivo de La Rioja, es consciente de que ninguna indemnización, por elevado que fuera su importe, puede reparar el daño sufrido por la reclamante. Sin embargo, considera que es necesaria, justa y debida una reparación económica.

Por ello, y tras un exhaustivo análisis de la solicitud, el Consejo de Gobierno estima de forma parcial la petición formulada por la segunda bebé intercambiada, y declara su derecho a obtener una indemnización de 850.000 euros, cantidad equitativa a la que en su día recibió la primera afectada por el error cometido por el SERIS.

Asimismo, se atienden, también en parte, las reclamaciones de su padre y de su hermano, en las cantidades de 590.000 euros y 145.000 euros, respectivamente, al concluir que las lesiones que esta fatídica equivocación les causaron no tienen el mismo alcance que las soportadas por la afectada.

En cuanto a las cantidades fijadas para las indemnizaciones, resulta preciso señalar que cuentan con el aval del Consejo Consultivo, atendiendo todas las circunstancias concurrentes en el caso, los informes aportados por los reclamantes y las decisiones jurisprudenciales de referencia. Asimismo, en su cálculo se han tenido en cuenta tres requisitos: que sean proporcionadas a la gravedad de la lesión infligida, respetuosas con el principio de reparación integral y estar motivadas.

La Comunidad notificará probablemente la semana que viene su decisión a los interesados y a la compañía aseguradora del SERIS.

Subir