Sucesos

La Justicia cierra dos ‘pornopisos’ tras una década de molestias vecinales

FOTO: Raquel Manzanares/EFE.

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Logroño ha prohibido ejercer la prostitución en dos pisos de la capital riojana durante dos años, tras las molestias que ocasionó esta actividad a los vecinos del inmueble durante más de diez años.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima una demanda de los vecinos y priva a los propietarios de ambas viviendas del derecho de uso y ocupación de los pisos durante dos años.

El ejercicio de la prostitución provocó “un tránsito constante de día y noche de personas que acceden al inmueble, llamadas de interfono, suciedad y excrementos en la escalera, inseguridad dentro del inmueble, así como alguna pelea o discusión”, ha constatado el fallo judicial.

Según especifica, “la prostitución en sí misma considerada no cabe incardinarla como causa determinante del derecho de la acción prevista en la ley de propiedad horizontal”, pero “sí lo son las actividades molestas para los vecinos, de gravedad o entidad suficiente, que van más allá de los límites tolerables y asumibles por la comunidad en el ejercicio normal de la convivencia social”.

El fallo judicial constata que, desde 2008, la comunidad de propietarios del edificio pidió a los ocupantes de uno de los pisos afectados que adoptasen medidas para cesar el ruido, que era “constante, de noche y de día”.

Los vecinos también alertaron en varias actas de los “ruidos, molestias, actos incívicos y comportamientos antisociales” que están causando a la casa; “además del miedo y malestar que han creado”, no solo por el número de personas que acuden al piso, sino por su “diversidad y comportamientos, con llamadas de timbres a horas intempestivas y daños en elementos comunitarios”, añade la sentencia.

En 2011, la comunidad de propietarios volvió a manifestar las quejas de los vecinos por las actividades “molestas” que personas ajenas al edificio producían en el inmueble, como desperfectos en el mobiliario, con daños a la puerta, cristales, portero automático, escaleras, ascensores, extintores y cámara de vídeo vigilancia; “además de ruidos y comportamientos vandálicos”.

Estas personas, a juicio de los vecinos, son asiduos visitantes a una de las viviendas, donde se desconoce qué actividades se desarrollan y el tránsito de visitantes es “habitual, numeroso y a cualquier horario, tanto de día como de noche”.
Los propietarios volvieron a apercibir en 2014 al propietario de una de las viviendas y anunciaron que iniciarían una acción judicial si no cesaban esas actividades molestas de inmediato.

Sin embargo, continuaron las molestias en las dos viviendas, de modo que, en 2019, los vecinos reiteraron sus quejas en una junta de propietarios por las “actividades molestas e inmorales desarrolladas en dos de los pisos de esa casa”.
Los vecinos insistieron en que había “un permanente tránsito a dichas viviendas de personas ajenas a la comunidad, que en ocasiones acuden ebrias y que, incluso, se han orinado y defecado enel portal”, según la sentencia.

También detalla que “hacen llamadas a los timbres del portero automático a cualquier horario del día y sospechan que manipulan la cerradura de la puerta del portal para que permanezca abierta y no tener que abrir a las continuas llamadas”.

Precisa que se quejaron de los ruidos consecuencia de la actividad que se ejercía en los pisos que se podían escuchar en el patio en verano al mantener las ventanas abiertas y una vez hicieron fuego en una de las viviendas.

La comunidad de propietarios colocó cámaras de video vigilancia y una grabadora que fueron sustraídas, hechos denunciados sin encontrar a los responsables, detalla la sentencia, que también constata las numerosas intervenciones de la Policía Nacional y Local durante todos estos años, reflejadas en varios atestados.

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