La Rioja

Aparcamientos CIBIR pide que se paralice su desahucio y apela a la Justicia

La compañía adjudicataria del aparcamiento del CIBIR ha emitido un comunicado para realizar diferentes puntualizaciones al anuncio de desalojo para que el Gobierno de La Rioja recupere la gestión del parking desde este mismo miércoles. Un desahhucio del que la compañía asegura que “no se le ha notificado y ha sido conocido por las noticias aparecidas en la prensa”.

Aparcamientos CIBIR asegura que “ha cumplido en todo momento con sus obligaciones contractuales” y critica que cuando formalizó el contrato con el Ejecutivo (7 de julio de 2010, con vigencia de 40 años) pagó casi 9,5 millones de euros, de los que el Gobierno riojano ha amortizado solo 4,8 millones, más la indemnización que propone por el rescate, de 663.640,17 euros.

La empresa explica que “frente a la resolución de la Consejería de Sanidad acordando el rescate, se interpuso recurso contencioso administrativo solicitando la adopción de la medida cautelar de suspensión del acto impugnado sobre la que todavía no ha recaído resolución firme”. “Se ha tramitado también por la Consejería de Hacienda expediente de desahucio administrativo al que se ha opuesto Aparcamientos CIBIR y en el que se dictó resolución el 2 de junio de 2020, que ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja solicitando la adopción de medida cautelar consistente en la suspensión de la eje-cutividad del acto recurrido y se encuentran en tramitación”, añade.

Aparcamientos CIBIR asegura que ha transmitido a las consejerías correspondientes su “voluntad de acatar y cumplir las decisiones judiciales exponiendo que es doctrina consoli-dada de nuestro Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo que no se pueden ejecutar aquellos actos administrativos que hayan sido objeto de recurso y solicitada la suspensión en tanto no se resuelva sobre esta petición por los Tribunales, ya que, caso contrario se estarían vulnerando el artículo 24.1 de la Constitución”, al tiempo que lamenta no haber recibido respuesta alguna.

La compañía considera que “la premura en la ejecución de esta actuación administrativa no está en absoluto justificada y consta el funcionamiento normal del aparcamiento desde el año 2010, sin ninguna incidencia y especialmente, haciendo referencia a circunstancias recientes, se ha mantenido abierto y prestando el servicio durante el estado de alarma decretado con ocasión de la crisis sanitaria de la COVID-19, habiéndose cedido un espacio para la realización de pruebas diagnósticas”.

“No existe ningún interés público digno de protección que impida esperar a que se pronuncien los Tribunales sobre las controversias de las partes y la utilización por parte de la Administración de privilegios ejecutivos es incompatible con el respeto a las normas básicas de funcionamiento de un Estado de Derecho, en concreto al derecho a la tutela judicial efectiva; sometimiento de la actividad administrativa a la Ley y control de la de la legalidad de la actuación administrativa por parte de los Tribunales (artículos 24, 103 y 106 de la Constitución)”, concluye el comunicado de la adjudicataria.

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