Salud

Cinco años de eutanasia en La Rioja: 34 solicitudes y 18 prestaciones

La ley entró en vigor casi de puntillas, después de décadas de debate social, político, médico y ético. Pero cinco años después, la prestación de ayuda para morir ya forma parte del sistema sanitario como un derecho regulado, garantista y profundamente excepcional. En La Rioja, desde 2021 hasta 2025, se han presentado 34 solicitudes de eutanasia y se han realizado 18 prestaciones, algo más de la mitad del total. La cifra, mirada en frío, cabe en una tabla. Pero detrás de cada número hay una historia de enfermedad, sufrimiento, deliberación, dudas, plazos, familias y profesionales que caminan por uno de los territorios más sensibles de la medicina.

La evolución muestra un crecimiento claro de las solicitudes. En 2021, primer año de aplicación efectiva de la ley, se registraron dos peticiones. En 2022 fueron cinco, las mismas que en 2023. El salto llegó en 2024, con diez solicitudes, y se consolidó en 2025, con doce. Sin embargo, ese aumento no se traduce automáticamente en más prestaciones realizadas. En total, se llevaron a cabo una en 2021, cuatro en 2022, tres en 2023, seis en 2024 y cuatro en 2025. «De las doce solicitudes de 2025, solo cinco llegaron a la Comisión de Garantías», explica Yolanda Zaldívar, presidenta de la Comisión de Garantía y Evaluación de La Rioja. En algunos casos hubo desistimientos; en otros, fallecimientos durante la tramitación. «No es porque hayamos tardado ni porque no hayamos realizado el procedimiento en plazo», precisa. «Es que algunos estaban ya muy mal».

Ahí aparece una de las claves de estos cinco años: el momento en el que los pacientes solicitan la prestación. Según la experiencia acumulada por la comisión, una parte importante de las personas, especialmente en casos oncológicos, llega muy tarde al proceso, cuando la enfermedad está ya en una fase muy avanzada. Aunque la ley permite acortar algunos plazos si se prevé un fallecimiento próximo, no siempre hay margen suficiente. «En los oncológicos lo están pidiendo demasiado tarde también ellos», añade con cuidado, sin reproche, casi como una constatación dolorosa. En esos casos, incluso con voluntad clara y con el procedimiento iniciado, la propia evolución de la enfermedad puede impedir que la prestación llegue a realizarse.

Las patologías de base dibujan el perfil más habitual. La mayoría corresponden a enfermedades oncológicas y neurológicas graves. Entre 2021 y 2025 se han contabilizado 15 solicitudes vinculadas a procesos oncológicos y 16 a enfermedades neurológicas, además de un caso endocrino y dos pluripatológicos. «Prácticamente todos han sido oncológicos o neurológicos», resume Zaldívar. En las enfermedades neurológicas aparecen situaciones especialmente duras, como la ELA, con pérdidas rápidas de autonomía, comunicación, alimentación o movilidad. «Hay pacientes que ya no pueden hablar, no pueden comer y no quieren vivir en esas situaciones». La ley, insiste, no se aplica ante cualquier sufrimiento, sino cuando concurren enfermedades graves e incurables o padecimientos crónicos e imposibilitantes.

El perfil por edad refleja que la mayoría de solicitudes se concentra entre los 60 y los 79 años, aunque también ha habido pacientes más jóvenes. La edad media se sitúa en 65,64 años. Por sexos, las mujeres han presentado más solicitudes: 19, el 55,88 por ciento, frente a 15 hombres, el 44,12 por ciento. En estos cinco años solo una solicitud recibió informe desfavorable por no cumplir los requisitos. Este dato matiza uno de los temores que acompañaron el debate inicial de la ley: la llamada «pendiente resbaladiza», esa idea de que la regulación abriría la puerta a un uso amplio o poco controlado. «En La Rioja no ha sido así», sostiene Zaldívar. «La ley lo regula bien».

Ese procedimiento es, precisamente, una de las partes menos visibles. La persona debe ser mayor de edad, tener nacionalidad española o residencia legal suficiente, contar con capacidad para tomar decisiones o haber dejado instrucciones previas, y padecer una enfermedad o sufrimiento que encaje en los supuestos legales. Nadie puede pedir la eutanasia por otra persona si esta no lo ha dejado escrito. «Es importantísimo», subraya Zaldívar. «Nadie puede actuar en representación tuya». No basta, por tanto, con que la familia diga que esa era la voluntad del paciente.

El proceso incluye varios filtros. Primero interviene el médico responsable, que acompaña al paciente, revisa su historia clínica y desarrolla un proceso deliberativo. Después entra el médico consultor, preferiblemente de la patología del paciente, que vuelve a revisar el caso. Finalmente, la Comisión de Garantía y Evaluación designa dos verificadores, un jurista y un médico, que revisan todo el expediente. «Hay muchas garantías», resume Zaldívar. Solo después de esos informes favorables se comunica al médico responsable que puede realizarse la prestación, ya sea en el domicilio o en el hospital.

En La Rioja, la prestación se ha realizado mayoritariamente en el hospital: 12 casos frente a seis en domicilio. Y hay un dato especialmente llamativo: ocho de las 18 personas que recibieron la prestación fueron donantes de órganos, el 44,44 por ciento, muy por encima del 14 por ciento registrado en España según la ONT. De esas donaciones se obtuvieron 16 riñones, seis córneas, dos hígados, dos pulmones y un corazón. «Estamos dando vida con tu fallecimiento», reflexiona Zaldívar. Cinco años después, La Rioja muestra una aplicación contenida, rigurosa y cada vez más conocida. Esta ley no ha multiplicado las muertes, sino que ha ordenado, con cautela y humanidad, algunas decisiones límite que antes quedaban en los márgenes.

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