La Rioja

Terrazas cerradas a partir de 42 grados: la norma que protege ante el calor extremo

Las terrazas de bares y restaurantes deberán cerrar o restringir su actividad cuando el calor extremo ponga en riesgo la salud de las personas trabajadoras. Esa es una de las medidas más llamativas que recoge el VI Acuerdo Estatal de Hostelería, todavía pendiente de publicación, que establece la prohibición total y el cierre obligatorio de las terrazas cuando se alcancen los 42 grados o bajo avisos de alerta meteorológica si la empresa no puede garantizar medidas suficientes de protección.

El acuerdo señala expresamente a los camareros de terraza y al personal de cocina como dos de los colectivos más expuestos dentro del sector hostelero. En el caso del servicio exterior, el texto obliga a las empresas a identificar los puestos con mayor exposición climática y a suspender o restringir la actividad si no disponen de medidas técnicas de aislamiento térmico, como sombras adecuadas, ventiladores industriales o nebulizadores.

Como esta regulación aún no ha sido publicada, UGT pide a la hostelería riojana que no espere a su entrada formal en vigor y que extreme ya las precauciones ante los episodios de calor extremo que atraviesa la comunidad. El sindicato recuerda que el Real Decreto Ley 4/2023 ya obliga a adoptar medidas preventivas en jornadas con aviso naranja o rojo, especialmente en trabajos al aire libre o en espacios donde las temperaturas puedan comprometer la salud laboral.

Entre esas medidas, UGT reclama reorganizar los horarios para evitar, en la medida de lo posible, el servicio en terraza durante las horas de mayor insolación. También plantea concentrar la actividad exterior en las primeras horas de la mañana y en las últimas de la tarde o la noche, cuando el impacto del calor resulta menos agresivo y la exposición de las plantillas se reduce.

El sindicato pide además limitar el tiempo continuado de trabajo en terraza mediante rotaciones frecuentes con personal de interior y pausas programadas en zonas climatizadas. A ello suma la necesidad de garantizar sombra efectiva, suministro continuo de agua fresca, uniformes ligeros, transpirables y de colores claros, además de gorra o visera y protección solar cuando sea necesario.

Si aun aplicando estas medidas las condiciones siguen siendo peligrosas, UGT sostiene que las empresas deben suspender el servicio en terraza durante las franjas críticas o incluso durante toda la jornada. Esa situación puede darse cuando las temperaturas se sitúan muy por encima de los umbrales, no existe una sombra real o aparecen síntomas compatibles con golpes de calor entre las personas trabajadoras.

El calor no afecta sólo a quienes trabajan en la calle. Las cocinas son otro de los espacios señalados por el VI Acuerdo Estatal de Hostelería, ya que en ellas las altas temperaturas propias de la actividad pueden agravarse durante los episodios de calor extremo. Por ello, el texto plantea la necesidad de proteger también a este personal y de evaluar de forma específica las condiciones térmicas de estos puestos.

En este punto, UGT reclama la instalación de sistemas de climatización que no interfieran en la seguridad alimentaria, pero que permitan refrigerar adecuadamente los espacios de trabajo. La idea es evitar que las cocinas se conviertan en lugares especialmente peligrosos durante las jornadas de aviso meteorológico, cuando el calor exterior se suma al generado por hornos, planchas, fogones y maquinaria.

El sindicato también considera imprescindible formar a las personas trabajadoras del sector para que puedan identificar señales de alarma relacionadas con el calor extremo. Mareos, agotamiento, dolor de cabeza, náuseas o calambres pueden ser indicios de un problema mayor, por lo que UGT pide establecer pautas y rutinas preventivas que ayuden a minimizar los riesgos antes de que la situación se complique.

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