La Rioja

La justicia reconoce una incapacidad temporal por acoso a una funcionaria en Logroño

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha estimado el Recurso de Suplicación inerpuesto por UGT contra una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño, donde una funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Logroño, víctima de una campaña de acoso, presentó una demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Mutua Fremap, la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el Ayuntamiento de Logroño reclamando una valoración de contingencia.

La empleada inició un periodo de incapacidad temporal por contingencia común con diagnóstico de “trastorno ansioso-depresivo” originado por el acoso laboral sufrido, pero el Ayuntamiento de Logroño no presentó ningún parte de accidente de trabajo por ese proceso.

De este modo, esta incapacidad temporal fue considerada por el INSS como enfermedad común, que a su vez fue avalado por el Juzgado de lo Social nº 1 de Logroño. La víctima, tras la sentencia del Juzgado de lo Social, interpuso un Recurso de Suplicación que ha sido valorado por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

Así, este tribunal ha revocado la determinación de contingencia y ha estimado que el periodo de incapacidad temporal iniciado por la funcionaria es resultado de un accidente de trabajo, por lo que la sentencia ha condenado a las partes a asumir su respectiva responsabilidad y las consecuencias que de ello derivan.

La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de UGT (FeSP-UGT) La Rioja ha celebrado esta sentencia, cuyo contenido ha dado a conocer el sindicato, ya que acredita la relación entre la enfermedad de la empleada y el acoso sufrido en el trabajo.

UGT también ha lamentado “la falta de voluntad que han demostrado las instituciones envueltas y exige absoluto respeto y tutela para los empleados de los distintos organismos, tanto públicos como privados, de La Rioja. Es
inadmisible que se toleren este tipo de prácticas, en este caso en particular, en el Ayuntamiento de Logroño”.

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