La Rioja

‘Guerra’ en La Enseñanza: varios padres impugnarán ante la Justicia la jornada continua

Varios padres impugnarán ante la Justicia la jornada continua

El cambio de horario en el colegio Compañía de María de Logroño va a traer cola en el centro y está caldeando los ánimos. Varios padres solicitarán en los próximos días la suspensión de la resolución de la Consejería de Educación por la que se tramita la implantación de la jornada continua el próximo curso, mediante un recurso contra la misma ante la jurisdicción Contencioso Administrativa.

La resolución emitida por Educación en la que declara válidos siete votos anulados en el primer recuento y que ha cambiado el futuro de ‘La Enseñanza’, según explica a NueveCuatroUno el consejero del ramo, Alberto Galiana, pone fin a la vía administrativa. No queda entonces otro paso para los padres disconformes que acudir a un contencioso.

Uno de ellos señala a este medio que el proceso ha contado con varias irregularidades que invalidarían la resolución, entre las que se encuentran las siguientes:

1.-Al objeto de que el número de votos positivos necesarios para aprobar el cambio de Jornada fuera menor, el Censo Escolar actualizado de 892 padres/madres o tutores legales, legalmente aprobado por el Consejo Escolar, según dicta el art.7.1.c de la Orden 4/2006, fue modificado por la Dirección del Colegio, el mismo día de las elecciones y una vez iniciadas estas, tal y como consta en el Acta, rebajándolo a 890. Ni la dirección del centro ni la mesa electoral son órganos competentes para la aprobación o modificación del Censo, por lo que ese acto es nulo de pleno Derecho (Art. 47.1 Ley 39/2015).

2.- La consideración de los votos como nulos, la aprobó la mesa por unanimidad, antes de efectuar el recuento, y en el acta no se consignó ningún extremo sobre el motivo de su nulidad, ni se reseñaron los votos nulos, custodiándolos para una posible revisión, como así establece la LOREG.

En sesión del Consejo escolar de 27 de febrero, el Director reconoce haber permitido a algunos padres (pro continua), el 20 de febrero, acceso a los votos nulos, todo ello sin ningún tipo de garantía legal, que permita determinar que los mismos no pudieron ser alterados o manipulados de forma partidista.

En el escrito de impugnación de los votos nulos, se cita que 5 de estos tenían dos papeletas “adheridas”, siendo la primera la valida por contener un voto, y la segunda en blanco, si bien y por el punto anterior, estos hechos hay que ponerlos en duda.

Dice el Consejero en su entrevista de esta mañana, que los servicios jurídicos han considerado la verdadera intención del votante, y por eso han dado por buenos, los votos, nulos, (no custodiados) si bien la LOREG dice que serán nulos los votos que contengan dos papeletas de distinta candidatura… como es el caso.

Y en lo que respecta a los votos declarados nulos por vulneración del secreto, al llevar inscripciones identificativas en la papeleta, dice el Consejero que el secreto del voto es un derecho no una obligación, si bien el art. 7.1.d de la Orden 4/2006 dice textualmente que “El voto será directo, secreto, y no delegable”.

El consejero de Educación ha reiterado en declaraciones a NueveCuatroUno lo que ha mantenido el órgano que dirige desde un primer momento. “Creemos que tiene pocas probabilidades de prosperar porque nuestros informes jurídicamente son sólidos, aunque ellos están en su derecho de presentar esa reclamación”, incidiendo en que su departamento siempre se ha ajustado al mandato de los técnicos.

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