La Dirección General de Tráfico (DGT) ha echado por tierra buena parte de la ordenanza municipal que regula los vehículos de movilidad personal (VMP) en Calahorra. En respuesta a un escrito presentado por el Sindicato Riojano de Policías y Funcionarios (SRPF), el organismo estatal ha aclarado que varias de las exigencias incluidas en la normativa local no son actualmente exigibles, al no ajustarse al marco legal vigente, lo que obliga al Ayuntamiento a revisar y adaptar la ordenanza para evitar inseguridad jurídica.
El pronunciamiento de la DGT llega a pocos días de la entrada en vigor de la ordenanza. Uno de los puntos más controvertidos era ya la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para circular en patinete eléctrico, una exigencia inédita en España y que, según confirmaban a NueveCuatroUno varias aseguradoras, no puede cumplirse en la práctica, ya que actualmente no existe un producto específico respaldado por la normativa estatal.
En su respuesta, la Subdirección General de Vehículos de la DGT aclara que no será exigible el aseguramiento obligatorio de los vehículos de movilidad personal considerados vehículos personales ligeros hasta que el registro estatal esté debidamente regulado y operativo. Solo deberán estar asegurados, sin necesidad de inscripción previa, aquellos vehículos de movilidad personal que superen los 25 kilos de peso y los 14 kilómetros por hora, cuyo periodo transitorio finalizará el 26 de enero de 2026, según lo establecido en la Ley 5/2025.
El informe de la DGT también cuestiona las competencias municipales en materia de inmovilización y retirada de vehículos, recordando que la Ley de Tráfico limita estas actuaciones a supuestos muy concretos, como estacionamientos indebidos u obstáculos para la circulación. En este sentido, el organismo estatal advierte de que algunas de las causas de inmovilización recogidas en la ordenanza de Calahorra no figuran en la legislación estatal, lo que refuerza la necesidad de modificar el texto municipal.
Además, el SRPF alerta de un posible exceso normativo en el límite de edad fijado por la ordenanza, que prohíbe el uso de patinetes eléctricos a menores de 16 años. La DGT establece actualmente los 15 años como edad mínima para la conducción de ciclomotores que superan las características de los VMP, por lo que el sindicato considera que la regulación local contraviene el criterio estatal y europeo, generando confusión tanto para los usuarios como para los agentes.
Ante este escenario, el Sindicato Riojano de Policías y Funcionarios insta al Ayuntamiento de Calahorra a adaptar de forma inmediata la ordenanza al marco normativo vigente, en línea con las indicaciones de la DGT. El objetivo, subrayan, es evitar posibles vulneraciones legales y garantizar la seguridad jurídica tanto de la ciudadanía como de los policías locales encargados de aplicar una normativa que, tal y como está redactada, queda en entredicho a pocos días de su estreno.


