La Rioja

El TSJR bloquea la aplicación del Plan de gestión del lobo de La Rioja

En el marco del Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por ASCEL y de la petición de medidas cautelares, un auto judicial del TSJ de la Rioja reconoce que el Decreto carece de cobertura legal para establecer matar el 6 por ciento de los lobos de la Rioja y lo suspende cautelarmente.

“La protección del lobo es de interés público relevante y debe alcanzar protección cautelar, frente al interés particular y privado de la ganadería extensiva”, señala ASCEL.

La Asociación presentó un recurso contencioso administrativo el pasado 17 de mayo frente al plan de gestión del lobo que aprobó el Gobierno de La Rioja (Decreto 12/2023, de 5 de abril, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 71 de 12 de abril de 2023), y además pidió medidas cautelares para la suspensión de dicho plan de gestión.

“A nuestro juicio, el Decreto aprobado demoniza la conservación del lobo, a pesar de ser una especie protegida en Europa (desde 1986) y en España (incluido en el LESRPE en septiembre de 2021), ya que prioriza a los intereses económicos de un sector lucrativo privado (ganadería) frente al interés general (la protección del lobo y su papel ecológico)”.

La norma incumplía la legislación nacional, incluida la reciente Estrategia Española aprobada por el Gobierno de la Rioja en Conferencia Sectorial en julio de 2022, y en su Anexo, trataba de justificar, mediante la reiterada apelación al “grado de conflictividad social” (que reside básicamente en el número de noticias amarillistas de medios de comunicación), el establecimiento de un “cupo anual” del 6 por ciento de la población de lobos obviándose si tal circunstancia va a perjudicar o no al estado de conservación favorable de la especie, tal y como ha explicado ASCEL.

De esa forma, “el Gobierno de la Rioja procedía mediante ese plan de gestión a perpetuar la misma gestión que ha venido recurrentemente por sistema empleando de matar lobos en cualquier época y condición cuando era especie cinegética, y mediante el plan quería establecer el mecanismo legal para que de manera automática se autorizara a priori el matar un 6 por ciento anual de la población de lobos, en base al histórico regional de muerte de lobos, y lo que es más grave, aprobaba dicho porcentaje sin tener en cuenta que no se puede fijar porcentajes de muerte de especies protegidas a priori”.

En el Auto del TSJ de la Rioja nº 47/2003, fechado el pasado 28 de junio, y comunicado hoy 13 de julio a ASCEL, se reconoce parcialmente la petición de medidas cautelares que solicitamos de suspensión del plan: los magistrados dan la razón a ASCEL, apelando al principio de precaución que ha de regir en materia medioambiental, eliminando el cupo del 6% por ser incompatible con la protección de una especie, y ataja la arbitrariedad del Gobierno de la Rioja, que incumple el marco general de protección del lobo, lo cual deja en la práctica bloqueado el plan de gestión del lobo.

Desde ASCEL consideran que es hora de que el nuevo Gobierno de la Rioja, al contrario que el anterior Ejecutivo de Andreu y Dorado a la vista de este Auto judicial, asuma los nuevos tiempos de la protección internacional y nacional del lobo, anule el Decreto 12/2023 para evitar la judicialización de normas manifiestamente incompatibles con la protección de la especie, y de paso aprovecha para pedir al nuevo presidente Gonzalo Capellán y a la nueva Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Noemí Manzanos, que se pongan manos a la obra para favorecer y exigir medidas de prevención ganaderas para lograr la coexistencia, persiguiendo todas las acciones de caza ilegal de esta especie.

Por último, “señalamos que esa norma fue validada y refrendada por varios organismos del Gobierno de la Rioja del anterior organigrama y de sus servicios jurídicos, e incluso por el Consejo Consultivo de la Rioja, lo cual deja entrever responsabilidades que no se deben esconder”.

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