La Rioja

Dos años de cárcel a un policía de Logroño por destruir una prueba de alcoholemia y un atestado de tráfico

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años de prisión a un policía local de Logroño por destruir las pruebas de alcoholemia y el atestado de un accidente de tráfico, tras ser alertado por el conductor que había dado positivo.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que confirmó la impuesta por la Audiencia de Logroño, por un delito de infidelidad en la custodia de documentos. Además de la pena de prisión, el Supremo ratifica la multa de 3.600 euros y cinco años de inhabilitación como policía.

La sentencia relata que el 18 de septiembre de 2015 se produjo un accidente de tráfico en una rotonda de Logroño, donde acudieron patrullas de la Policía Local, que tras hacer las pruebas de alcoholemia constataron que uno de los conductores daba positivo. El otro conductor era el hijo de un agente de la Policía Local, quien acudió al lugar tras ser avisado por su hija.

Momentos después del accidente, el conductor que había dado positivo llamó al agente municipal condenado, a quien volvió a contactar al día siguiente, cuando este agente acudió al departamento de atestados de la Policía Local e “hizo desaparecer parte de un atestado (incluidas las tiras del control de alcoholemia) y las trituró en la maquina picadora de papel”.

Unos días después de que el atestado hubiera sido triturado en la picadora y tras denunciar dos agentes la desaparición de dicho documento, se halló la copia del boletín de denuncia (denominada “copia azul”) que ellos mismos aportaron, y la persona que había sido sancionada en dicho atestado finalmente pagó la multa.

En su recurso, el policía alegó que no se había acreditado ni el contenido de la conversación ni que fuesen precisamente los titulares del teléfono quienes le llamaron, “sería mera sospecha”.

Y en cuanto a la grabación de la cámara de seguridad en la que se ve cómo el agente destruye unos papeles con tiras de alcoholemia, dice que “no se distingue con claridad qué es lo que se destruye” y que, en todo caso, pudo haber destruido el atestado por error.

Pero el Supremo defiende que “la prueba es contundente” pese a que el agente “echa mano de la socorrida estrategia de analizar los indicios aisladamente” cuando “entrelazados” prueban los hechos.

“Una llamada desde ese teléfono, la grabación de la destrucción de una documentación y la admisión -no le cabía otra cosa- de que podía ser una actuación por error, conducen a esa conclusión”, añade.

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