Universidad de La Rioja

La UR y el clúster de construcción ARIC, nuevos socios

La Universidad de La Rioja y el clúster de la Construcción de La Rioja (ARIC) han firmado un convenio para colaborar en investigación, cooperación para asesoramiento mutuo, formación especializada e intercambio y cooperación en el campo de la docencia y desarrollo de acciones que beneficien a ambas entidades.

Según el rector, Juan Carlos Ayala la firma de este acuerdo se enmarca dentro de la línea de trabajo de la Universidad de La Rioja para “estrechar lazos al máximo con el entorno productivo y el tejido industrial de nuestra región, que nos permitan colaborar y hacer mejor nuestra labor de servicio público”.

Para el presidente de la ARIC, Ismael Martín, “este convenio nos ofrece posibilidades para ahondar en la innovación y la colaboración de las diferentes materias que afectan a nuestro sector, lo que coincide plenamente con nuestros valores”.

Como clúster de cadena de valor que es la ARIC, a través de este convenio se integra la presencia y colaboración de la Universidad de La Rioja como agente académico dentro de la cadena de valor de la construcción riojana, lo que generará un entorno colaborativo universidad-empresa del máximo interés.

En concreto, el convenio acoge las siguientes actuaciones: investigación en los campos de interés de ambas; cooperación para asesoramiento mutuo o a terceros; formación especializada en aras al mejor desarrollo de las actividades que les son propias a ambas instituciones; intercambio y cooperación en el campo de la docencia.

Asimismo, cada uno de los programas concretos de colaboración entre ambas partes, requerirá la elaboración de un convenio específico con el detalle de los objetivos, compromisos y programa de trabajo.

El acuerdo contará con una comisión de seguimiento que estará formada por representantes de ambas entidades y que incluirá entre sus funciones, la elaboración de los programas y proyectos a desarrollar en este marco; estudiar y decidir sobre las propuestas de programas y proyectos a desarrollar que le sean presentados por los entes y organismos dependientes de ambas entidades; proponer para su aprobación por los órganos competentes de ambas partes los programas o proyectos de actuación a desarrollar; realizar el seguimiento y evaluación de los programas o proyectos aprobados, así como aclarar y decidir sobre cuantas dudas y cuestiones puedan plantearse en la interpretación y ejecución de los mismos y determinar la propiedad industrial de los resultados obtenidos con los programas o proyectos desarrollados, así como las condiciones en que se realizará la explotación de los mismos

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