La Rioja

Derechos Sociales envía a las comunidades pautas para el acogimiento de niños ucranianos

FOTO: © UNICEF /Joe English.

Derechos Sociales ha remitido este miércoles un documento a las comunidades autónomas con las pautas que deben seguirse en los procesos de acogida de menores ucranianos para garantizar la coordinación y las medidas de protección a los niños, sobre todo a los que viajan solos.

El documento, al que ha tenido acceso Efe, recuerda que no se pueden trasladar menores a España sin el permiso de sus tutores o del gobierno ucraniano y que la decisión sobre el acogimiento y el lugar donde van a residir los menores debe acordarlo la autoridad competente de cada comunidad y ciudad autónoma.

En su labor de coordinación de las políticas de familia e infancia, el ministerio dirigido por Ione Belarra destaca la necesidad de que la respuesta social solidaria “sea coordinada con las instituciones competentes para asegurar en todo momento la máxima protección de los niños”.

Alerta de que en los procesos migratorios tras las crisis humanitarias pueden constituirse escenarios muy peligrosos para los menores, con un grave riesgo de tráfico y trata de seres humanos, por lo que pide a las entidades, organizaciones, empresas y particulares que cumplan ciertas indicaciones.

La prioridad es garantizar espacios seguros para los niños junto a sus padres, otros familiares o adultos de referencia con quien exista un vínculo cotidiano, evitando las separaciones en los procesos de huida hacia otras zonas. Para los niños que están solos, se debe asegurar su protección y garantizar que no se vulneran sus derechos, destaca el documento “Recomendaciones para la ciudadanía sobre desplazamientos y acogida de niños, niñas y adolescentes”.

Estas son algunas de ellas:

– Informar de cualquier previsión de llegada de menores a través del correo electrónico [email protected] o del formulario en la web.
– Comunicar a la autoridad competente de cada comunidad autónoma de las intenciones de trasladar a menores de edad sin familiares o tutores legales.
– Asegurar que el menor cuenta con un permiso legal de sus tutores o del gobierno ucraniano.
– Garantizar que todos los traslados de los menores de edad se hagan por las vías oficiales y en coordinación con la autoridad competente de su comunidad autónoma.
– No es posible realizar entradas de menores de edad al país sin contar con la coordinación con las administraciones competentes: la recepción y acogida de los nacionales ucranianos es responsabilidad del Ministerio de Inclusión, la protección a la infancia de cada comunidad y ciudad autónoma, además de las delegaciones de gobierno.
– El acogimiento y lugar donde van a residir los menores es decisión de la autoridad competente de cada comunidad y ciudad autónoma.
– En caso de que existan indicios o sospechas de riesgo o desamparo del algún menor, deberá ser comunicado con carácter inmediato a la Fiscalía de Menores y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
– En todo momento se debe escuchar a los menores para facilitar la información, de forma adaptada a su edad, sobre el proceso de traslado, de acogida, de los recursos disponibles y de la tramitación para la solicitud de protección temporal.

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