Crisis del Coronavirus

La Rioja aclara: permitida la venta ambulante de productos esenciales pero no mercadillos

El Gobierno de La Rioja ha confirmado este jueves que “se permite la venta ambulante, únicamente de productos esenciales y de primera necesidad en la vía pública, en particular, los recogidos en el apartado de “esenciales” recogidos en el BOR*.

Dicha venta no precisa de regulación específica al considerarse que forma parte de los establecimientos de venta minoristas de productos de primera necesidad.

Está permitida, por tanto, la venta ambulante de productos y bienes de primera necesidad, (no en mercadillos), evitando siempre la aglomeración de personas y tomando las medidas de prevención y seguridad sanitaria necesarias para su correcto desarrollo.

* Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, incluidos los de puericultura, salvo mercadillos, ferreterías, comercios de venta de material eléctrico y de electrodomésticos para el suministro a profesionales y a partuculares, en este último caso limitado a productos esenciales para urgencias y averías, establecimientos sanitarios, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, papelería, excluida la sección de librería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales domésticos, tintorerías, lavanderías y peluquería a domicilio.

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