La Guardia Civil en La Rioja mantiene una vigilancia activa y permanente para garantizar el cumplimiento de las resoluciones judiciales y administrativas que privan a determinados conductores del derecho a conducir.
Con motivo del periodo estival y de la celebración de numerosas fiestas patronales en los distintos municipios riojanos, la Guardia Civil ha reforzado los controles destinados a verificar el cumplimiento de estas medidas.
Para ello, además de los controles realizados por las patrullas uniformadas del Sector de Tráfico y del Servicio de Seguridad Ciudadana, se llevan a cabo dispositivos específicos de vigilancia mediante vehículos camuflados y agentes de paisano pertenecientes al Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT).
Desde el inicio del año hasta finales de mayo, un total de 133 conductores han sido interceptados circulando sin la autorización correspondiente:
– 65 conductores perdieron la vigencia de su permiso tras agotar el saldo total de puntos.
– 51 conductores circulaban sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción.
– 17 conductores incumplían una condena judicial que les prohibía conducir por delitos contra la seguridad vial.

El objetivo de estas actuaciones es garantizar la seguridad vial y proteger al conjunto de los usuarios de la vía, evitando conductas que ponen en grave riesgo la circulación. Asimismo, se busca eliminar cualquier falsa sensación de impunidad de quienes creen que, una vez sancionados o privados del permiso de conducción, no existe supervisión efectiva sobre su comportamiento.
Entre los delitos contra la seguridad vial que pueden llevar aparejada la privación del derecho a conducir se encuentran la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas, los excesos de velocidad constitutivos de delito, la conducción temeraria, la negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas, el abandono del lugar de un accidente y determinadas conductas imprudentes con resultado de lesiones o fallecimiento.
La conducción durante el periodo de privación judicial del permiso o tras la pérdida de vigencia por agotamiento de los puntos constituye un delito recogido en el artículo 384 del Código Penal, castigado con penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Desde el Instituto Armado se recuerda que la pérdida de vigencia del permiso por agotamiento de los puntos obliga al conductor a abstenerse de conducir durante el periodo legalmente establecido y a superar posteriormente los correspondientes cursos de sensibilización y reeducación vial, así como las pruebas exigidas para la recuperación de la autorización administrativa.
Las infracciones que con mayor frecuencia provocan la pérdida de puntos son los excesos de velocidad, el uso del teléfono móvil durante la conducción, la no utilización del cinturón de seguridad y el consumo de alcohol o drogas.


