La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha confirmado la declaración de incapacidad para un operario de fabricación de papel y cartón por su limitación para realizar tareas que implique estar mucho tiempo de pie al tener una enfermedad circulatoria.
La sentencia también confirma su derecho a cobrar una pensión mensual del 75 por ciento de su base reguladora de 1.601 euros, más mejoras y revalorizaciones, según ha detallado este miércoles el TSJ de La Rioja.
El informe médico del demandante contemplaba, entre otras dolencias, varices recibidas complejas bilaterales, hepatopatía, esteatosis hepática y glucemia, lo que provocaba pesadez y cansancio, que repercutían en su jornada laboral.
Mientras que la entidad gestora recurrió esta decisión por no considerar invalidantes las patologías del operario, el tribunal ha explicado en su sentencia que, a pesar de que los requerimientos profesionales son moderados, no es obstáculo para que puedan valorarse como graves, ni se exige que al mismo tiempo sean requerimientos constantes para que se declare la incapacidad permanente.
Además, ha estimado que la sentencia de instancia declara que las principales tareas que desarrolla este trabajador en su actividad laboral como operario de fabricación de papel y cartón implican estar en constante bipedestación estática y deambulación, con la consiguiente sobrecarga de las extremidades inferiores.
Ello es lo que está contraindicado a causa de la enfermedad circulatoria que padece, de la que ha sido intervenido en seis ocasiones. «En definitiva, este tribunal no aprecia infracción de ningún precepto legal en la sentencia recurrida», según la Sala de lo Social, por lo que desestima del recurso interpuesto por el INSS. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.


