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La Junta Electoral de la Federación Riojana estima el recurso de Jesús Alonso y el Berceo

Terremoto a tres días de las elecciones a la presidencia de la Federación Riojana de Fútbol, previstas para este 5 de abril. La Junta Electoral ha decidido estimar el recurso interpuesto por Jesús Alonso y Borja Lerma, en nombre del Berceo, frente al otro candidato, Gustavo Sáenz, por concurrir causa de inelegibilidad. La resolución, comunicada este miércoles, puede recurrirse. De esta forma, Saénz podría acudir al Tribunal del Deporte de La Rioja en un plazo de «cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación». Mientras se cumpla ese plazo, además, la Junta Electoral ha suspendido provisionalmente durante esos cinco días la proclamación de candidaturas a la presidencia. Por lo tanto, las elecciones quedan en el aire.

El pasado 31 de marzo, el actual vicepresidente de la Riojana, Jesús Alonso, interpuso un recurso al considerar que Gustavo Saénz compatibiliza a la vez los cargos de miembro de la junta directiva del FS Navarrete y además, entrenador de la AD Nalda ‘B’, considerando que se incumplía así el artículo 230 del Reglamento General de la FRF, al «no guardar relación de filialidad» y por lo tanto, no cumplir los requisitos de elegibilidad.

Según los argumentos jurídicos-materiales de la decisión de la Junta Electoral, dicho artículo 230 dicta lo siguiente: «Los miembros de la Junta Directiva podrán poseer licencia federativa, única y exclusivamente, en equipos del mismo club o filial». De esta forma, la Junta considera que Gustavo Sáenz no cumple esas condiciones: «La filialidad permite a un directivo entrenar en otro club siempre que éste sea filial del patrocinador y no a la inversa». De esta forma, la sentencia considera que queda acreditado que «el FS Navarrete, donde es secretario, es filial del AD Nalda, donde ejerce como entrenador, contraviniendo el apartado d) del citado artículo.

«Gustavo Sáenz accede como asambleísta como representante del FS Navarrete en virtud de la delegación que su junta hace en él y como entrenador, con su licencia federativa vinculada a la AD Nalda ‘B’, por lo que es legítima su condición de asambleísta en el primer estamento, pero no así de entrenadores, toda vez que es secretario de otro club», prosigue la decisión. Esta considera que «su licencia como técnico en la AD Nalda, resulta incongruente con la limitación establecida en el artículo 230, concurriendo no obstante como candidato a la Presidencia como miembro de este estamento y no en representación del club y es aquí donde el recurso debe prosperar».

Por su parte, Saénz ha confirmado a EFE que ha recibido la comunicación de la Junta Electoral y ahora debe estudiar los pasos a seguir. Desconoce, ha explicado, si esta situación conlleva anular la asamblea del sábado, aunque ha reconocido que los plazos están muy ajustados. Alonso presentó hace días un recurso al considerar que Sáenz no podría ser candidato por haber tenido licencia en dos entidades deportivas, una como directivo y otra como entrenador; Sáenz ha explicado desde entonces que una de esas entidades es filial de la otra y, en todo caso, que nadie le puso trabas a su participación en el proceso electoral.

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