En La Rioja no hay zonas tensionadas de alquiler, según el Gobierno regional, y por lo tanto no se aplicará el Índice de Precios de Referencia que ha publicado el Gobierno nacional y que estará operativo en el mes de marzo para consolidarse como un instrumento más para controlar el incremento de los precios del alquiler.
Así lo ha explicado el portavoz del Gobierno de La Rioja, Alfonso Domínguez, que, aunque ha argumentado que «hay que ver el negro sobre blanco, las competencias y las obligaciones que tenemos las comunidades», ha asegurado que el gobierno de Gonzalo Capellán «apuesta por una política de vivienda integral con medidas ambiciosas que van más encaminadas a los incentivos que a las penalizaciones».
Así ha reiterado que desde el Gobierno riojano «siempre nos hemos mostrado en contra de las medidas en materia de alquiler de vivienda que plantea el Gobierno nacional», y que no están dando resultados en las comunidades en las que se están llevando a cabo.
La nueva aplicación propuesta por el Gobierno central permite conocer el rango de valores de alquiler de una vivienda, como referencia a título orientativo, para la fijación de la renta en los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda.
Así, el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, aseguraba que “ha realizado un gran esfuerzo para homogeneizar el sistema con el fin de que sirva para todo el territorio español, salvaguardando las características en cada uno de los ámbitos en relación con la diferencia residencial que existe en las Comunidades Autónomas y ciudades de nuestro país”.
“Si las CCAA son conscientes de que se está produciendo un incremento de los precios y no hacen nada, tendrán que dar explicaciones a sus ciudadanos y ciudadanas, porque será una actitud y un comportamiento que irá en detrimento de la calidad de vida de los que están sufriendo estos incrementos tan importantes de los precios”, ha expuesto David Lucas.
Zonas tensionadas
En zonas de mercado residencial tensionado, el valor superior del rango marcará el límite de la renta en los nuevos contratos de alquiler de vivienda de grandes tenedores, así como en todos los nuevos contratos de alquiler de viviendas situadas en dichas zonas tensionadas, que no hayan estado arrendadas en los últimos cinco años.
A las viviendas que no se encuentran en zonas de mercado residencial tensionado no se les aplican las medidas de contención de precios introducidas por la ley estatal por el derecho a la vivienda y, en consecuencia, el rango de valores de referencia obtenido mediante esta nueva aplicación del sistema estatal tendrá únicamente carácter informativo, por lo que la renta en los nuevos contratos será la libremente estipulada por las partes.
La nueva aplicación intenta limitar y paliar los efectos de los incrementos de precios excesivos en aquellos de nuevos contratos de alquiler en ámbitos territoriales en los que exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población, en condiciones que la hagan asequible para su acceso en el mercado.
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