La Rioja

Las aulas de conciliación calagurritanas tendrán en cuenta la economía familiar

Con los votos a favor de los grupos municipales del Partido Popular e Izquierda Unida se ha aprobado inicialmente la modificación del reglamento regulador del servicio de apoyo a la conciliación familiar ‘Aulas de conciliación’ con la inclusión de la enmienda presentada por el concejal de IU, Óscar Moreno.

El concejal de Familia y Políticas sociales, Félix Cristóbal, ha explicado que “hemos mejorado los criterios de valoración para poder optar a esta aulas con criterios más justos, incluyendo a los progenitores trabajadores, que no tenían derecho a acogerse a este servicio hasta ahora, y atendiendo a las necesidades de las familias calagurritanas”.

Por su parte, Mercedes Gonzalez explicó que “así se pierde una de las líneas de este programa que financia el Ministerio de Igualdad porque está previsto para las familias más vulnerables”.

La modificación mantiene con 1,5 puntos de valoración a las mujeres de violencia de género y de otras formas de violencia contra la mujer; las familias monoparentales pasan de 1 punto a 1,5 puntos; y se incluyen a las unidades familiares en la que uno de los dos progenitores, en su caso, se encuentren en situación de ocupación laboral con un punto y las unidades familiares en la que los dos progenitores, en su caso, encuentren en situación de ocupación laboral con 1,5 puntos.

Asimismo, la situación de desempleo de larga duración de uno de los dos progenitores de la unidad familiar se barema con 0,5 puntos y con 0,2 la situación de desempleo de larga duración de los dos progenitores de la unidad familiar, las mujeres mayores de 45 años
disponen de 0,5 puntos y las familias empadronadas en Calahorra o con menores demandantes del servicio escolarizados en centros escolares de Calahorra tendrán 1 punto.

El concejal de Izquierda Unida, Óscar Moreno, ha presentado una enmienda a la propuesta de modificación del reglamento del equipo de gobierno municipal que añade una valoración de la situación económica familiar en los siguientes términos:

– Renta anual per cápita en la familia igual o inferior al salario mínimo interprofesional: 1,5 puntos.

-Renta anual per cápita en la familia superior al salario mínimo interprofesional en inferior o igual al doble del salario mínimo interprofesional: 1 punto.

-Renta anual per cápita en la familia superior al doble del salario mínimo interprofesional e inferior o igual al tripe del salario mínimo interprofesional: 0,5 puntos.

– Renta anual per cápita en la familia superior al triple del salario mínimo interprofesional: 0 puntos.

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