La Rioja

La Rioja lanza una batería de incentivos fiscales para ‘repoblar’ sus áreas rurales

El Gobierno de La Rioja ha puesto en marcha esta legislatura una serie de medidas regionales en el ámbito tributario en relación con el reto demográfico, la agricultura y la ganadería.

En materia de reto demográfico, existen una serie de beneficios fiscales. Así, por ejemplo, en el IRPF hay diversas deducciones dirigidas a municipios de menos de 2.000 habitantes. Entre ellas destacan la deducción del 5 por ciento de las cantidades destinadas a la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios dentro del periodo impositivo. Además, existe una deducción del 30 por ciento de los gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años, aplicable a contribuyentes que fijen su residencia habitual en pequeños municipios dentro del periodo impositivo.

En terreno, también hay una deducción de 100 euros mensuales por cada hijo de 0 a 3 años para aquellos contribuyentes que tengan su residencia habitual en pequeños municipios. Otras medidas pasan por la deducción de gastos por acceso a Internet para los jóvenes emancipados que tengan su residencia habitual en pequeños municipios es del 40 por ciento (con carácter general es del 30 por ciento) y la deducción de gastos por suministro de luz y gas de uso doméstico para los jóvenes emancipados que tengan su residencia habitual en pequeños municipios es del 20 por ciento (con carácter general es del 15 por ciento). Por último, existe una deducción por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años que es del 20 por ciento cuando la vivienda esté situada en pequeños municipios (con carácter general es del 10 por ciento).

Medidas en el ámbito de las explotaciones agrícolas y ganaderas

Aquí, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones existe una reducción del 99 por ciento por la adquisición a título lucrativo, tanto por herencia como por donación, de una explotación agraria. Además, en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se aplica el tipo del 4 por ciento (con carácter general es el 7 por ciento) en las transmisiones de explotaciones agrarias prioritarias.

 

Anteproyecto de Ley de Agricultura y Ganadería

El anteproyecto de la primera Ley de Agricultura y Ganadería de La Rioja, que actualmente se encuentra en fase de información pública hasta el 11 de febrero, supone una oportunidad para contribuir a la rentabilidad y sostenibilidad de la agricultura y ganadería y proteger el modelo de la producción agraria basado en pequeñas y medianas explotaciones que ha impulsado de forma decisiva el desarrollo económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Para tal fin, introduce beneficios fiscales para el sector agrario. De este modo, en los casos de transmisiones patrimoniales onerosas de participaciones inter vivos de una explotación agraria o fincas rústicas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja o de derechos de usufructo sobre estas, tributará al tipo reducido del 5 por ciento, siempre y cuando concurran las siguientes condiciones de que en la fecha del devengo las personas adquirentes o sus cónyuges tengan la condición de personas agricultoras profesionales así como que la persona adquirente mantenga los elementos adquiridos afectos a la explotación agraria durante los cinco años siguientes al devengo del impuesto.

Además, tributarán al tipo impositivo reducido del 1 por ciento las transmisiones onerosas inter vivos de fincas rústicas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja con superficie inferior a la unidad mínima de cultivo, siempre que la transmisión se realice para completar bajo una sola linde una finca que alcance como mínimo la unidad mínima de cultivo, establecida en el anteproyecto de Ley para los cultivos de secano y regadío en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Asimismo, se establece una bonificación del 50 por ciento de la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, para los contratos de arrendamiento en los que el arrendamiento sea un agricultor profesional con domicilio fiscal en La Rioja.

sta bonificación será del 100 por cien cuando el contrato tengo por objeto el arrendamiento de fincas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se articule a través del Banco de Tierras de La Rioja.

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