La Rioja

La familia biológica de la joven intercambiada al nacer anhela acogerla

La familia biológica de la joven que inició el proceso para conocer quiénes eran sus padres tras detectar que los que consideraba sus progenitores no eran los biológicos y que fue intercambiada por otra al nacer en 2002 en un hospital de Logroño, ha dicho que anhela acogerla como integrante de su familia.

La abogada del padre biológico de esta joven, Alicia Redondo, ha remitido esta noche un comunicado a EFE en el que indica que sus clientes quieren hacer constar que “desean acoger como parte integrante de su familia a una hija que, por lamentables motivos por todos conocidos, ha vivido ajena a la misma”.

“De verdad lo anhelan y así se lo han hecho saber”, ha añadido, pero “igualmente van a defender la posición de la hija que, no siéndolo biológicamente, ha sido parte de la familia desde que nació”.

Y “harán lo que esté en sus manos a tal doble fin, sin airearlo en la prensa”, ha subrayado la abogada, quien ha insistido en que “no van a propiciar que el drama por el que están pasando todos los implicados en el procedimiento se convierta en un circo mediático”.

También ha calificado de “intachable” la sentencia dictada por el Juzgado de Familia de Logroño, conocida este lunes, por la que se ha confirmado el intercambio de estas dos chicas días después de su nacimiento en 2002, una vez recibido el informe de ADN de la demandante y del que ha sido reconocido como su padre biológico.

Las dos niñas nacieron en el ya desaparecido Hospital San Millán de la capital riojana el mismo día con 5 horas de diferencia y, tras pasar ambas por la incubadora, fueron intercambiadas en la zona de cunas y entregadas a los padres equivocados.

La prueba de ADN corresponde al padre biológico de la niña que, en 2017, junto a su abuela, que la había criado, interpuso una demanda de alimentos contra el que pensaba que era su padre, aunque este afirmaba que no era su hija, lo que se confirmó.

Después, esta chica comprobó que la que creía que era su madre biológica tampoco lo era, por lo que inició un procedimiento ante la Inspección Médica, que cotejó la información de los 17 menores nacidos en el mismo hospital en esa fecha, hasta dar con los datos de la otra chica.

En enero de 2021 se encargó el informe de ADN del padre que ha criado a esa segunda joven -cuya esposa falleció en 2018- y en septiembre de este año se remitieron los resultados, que confirmaron que era el progenitor biológico de la demandante y se celebró el juicio el pasado 14 de octubre.

Redondo ha preciado que sus clientes no desean valorar la intención de imponer un recurso de apelación contra la sentencia, según ha avanzado este lunes el abogado de la joven que inició el proceso, José Saéz Morga.

Este abogado ha explicado, en una rueda informativa, que pidió que su defendida constara en el Registro Civil como hija de sus padres biológicos y que se anulara la inscripción de la otra chica como hija de sus padres no biológicos, pero esto último ha sido desestimado en la sentencia.

José Sáez Morga | Foto: Raquel Manzanares (EFE).

El fallo judicial reconoce que esta segunda joven tiene toda la vida para solicitar su filiación y sus padres biológicos disponen de un año de plazo para pedirla, ha añadido. Por ello, estas dos jóvenes quedarán registradas en el Registro Civil como hijas de los mismos padres, aunque una de ellas con una nota marginal de que no son sus padres biológicos.

También ha explicado que la demandante, que figuraba en el Registro Civil sin padre, conserva los apellidos de quienes consideró sus progenitores, por lo que valorará la presentación de un recurso a esta sentencia, para que lo que tiene de plazo hasta el próximo 30 de diciembre.

Además, ha indicado que solicitó al Servicio Riojano de Salud una indemnización de 3 millones de euros para su defendida «en base a un daño moral inconmensurable», una cantidad fijada en función de los baremos establecidos en la Ley de Consumidores y Usuarios según responsabilidades sanitarias, pero la administración autonómica ofreció una compensación de 215.000 euros.

El Servicio Riojano de Salud paralizó el expediente de reclamación patrimonial hasta que no se tuviese la confirmación de la paternidad mediante la prueba de ADN, una cuestión que ha quedado reconocida en la sentencia, dictada el pasado 22 de noviembre y notificada a las partes este lunes.

El abogado ha recalcado que, «una vez que el error ya está confirmado», el Consejo Consultivo de La Rioja y los Servicios Jurídicos del Gobierno regional tendrán que proponer una cuantía como indemnización y, si la joven no la acepta, recurrirá ante la Sala de los Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia riojano.

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