Crisis del Coronavirus

La Rioja vuelve al punto de partida: nivel 4 de la desescalada

La Rioja regresa al nivel 4 de la desescalada

De nuevo en la casilla de salida. El Consejo de Gobierno ha decretado este miércoles que la región pase al nivel 4 de la desescalada a partir de las 00:00 horas de este viernes. Sobre la base de los datos relativos a la evolución epidemiológica de la comunidad, el Ejecutivo regional ha optado por endurecer las restricciones para tratar de contener el avance del virus.

Las principales medidas asociadas a este nivel son:

– Relaciones sociales y familiares:

  • Limitación al máximo de los contactos fuera de los grupos de convivencia estable (GCE).
  • Reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
  • Mantenimiento de distancia interpresonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2 metros, prohibición de fumar en terrazas así como comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.
  • Recomendación de permanecer en el domicilio.

– Zonas interiores de establecimientos de restauración y hostelería:

  • Apertura a un 30 % de su aforo interior. Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Excepciones: comedores de hoteles y casas rurales y campings podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento, siempre y cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter general. También quedarán exceptuados los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios, servicios sociosanitarios, servicios de comedor de carácter social, comedores escolares y de empresa.
  • Prohibición de consumo en barra.
  • Limitación de horario de apertura al público hasta la hora de comienzo del horario de restricción a la movilidad nocturna.
  • Lomitación de la hora de admisión de clientes hasta una hora antes del comienzo de horario de restricción de movilidad nocturna.
  • Eliminar los servicios de self-service o buffet.
  • Prohibición de utilizar cachimbas o similares.
  • Uso de mascarilla obligatorio en todo momento, salvo cuando se esté comiendo o bebiendo.
  • Se recomienda no disponer de juegos de mesa.
  • Ventilación, limpieza y desinfección continua.

– Zonas exteriores de establecimientos de restauración y hostelería:

  • Aforo del 75 % con grupos de clientes separados de un máximo de 6 personas sujetos, en todo caso, a las limitaciones en las condiciones de reuniones de carácter general.
  • Mesas con distancia mínima de 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
  • Limitación de la hora de admisión de clientes hasta una hora antes del comienzo de horario de restricción de movilidad nocturna.
  • Uso de mascarilla obligatorio en todo momento, salvo cuando se esté comiendo o bebiendo.
  • Prohibición de utilización de cachimbas o similares.
  • Se recomienda no disponer de juegos de mesa.
  • Limpieza y desinfección continua.

– Movilidad:

  • Limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre.
  • Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
  • Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h.

– Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:

  • Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
  • Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

– Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:

  • Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.
  • Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.

– Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:

  • Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesas o agrupación de mesas.

– Discotecas y locales de ocio nocturno:

  • Cierre.

– Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:

  • Aforo del 30% en zonas interiores con máximo de 6 personas por mesa.
  • Prohibición de consumo en barra.
  • Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo del horario de restricción de movilidad nocturna.

– Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:

  • Solamente se podrán realizar de forma telemática.

– Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:

  • Aforo del 50%
  • Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.
  • Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.
  • Recomendación de enseñanza telemática.
  • Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

– Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:

  • Hoteles
    • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
  • Albergues
    • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
    • Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia
  • Residencias de estudiantes:
    • Prohibidas las visitas
    • Apertura de zonas comunes con 1/3 de aforo

– Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…

  • Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.
  • Actividades en grupo máximo 6 personas.

– Piscinas y zonas de baño:

  • Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.
  • Control de aforos.

– Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:

  • Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
  • Prohibición del consumo de alcohol.
  • Recomendación del cierre nocturno.

– Caza y pesca

  • Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.
  • Mantenimiento de distancia interpresonal de 1,5m. y uso de mascarilla.
  • Si implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.
  • Grupo máximo de 6 personas tanto para caza como pesca.
  • No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.
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