La instrucción del SERIS que ha investigado el expediente abierto en el plan de vacunación de La Rioja determina que no hubo irregularidad por parte de las profesionales que administraron una dosis sobrante a un familiar de una de ellas.
Tras tomar testimonio y analizar los hechos, ha resuelto que, ante una situación excepcional, el equipo sanitario tomó la decisión que le pareció más adecuada sin tener apenas tiempo de reacción. En caso contrario, dicha dosis se hubiese desperdiciado, según detalla el expediente.
Los hechos a los que se refiere tuvieron lugar en la residencia Hospital del Santo, de Santo Domingo de la Calzada, coincidiendo con las primeras semanas de la puesta en marcha del plan de vacunación frente al COVID-19 en La Rioja.
El informe de la instrucción especifica que el equipo sanitario puso la dosis a un familiar de una persona de dicho equipo. Si bien puede ser cuestionable llamar a un familiar para la vacunación, en el momento en el que se inyecta la dosis se habían agotado todas las posibilidades razonables. Esta dosis era la última de un vial abierto cuyas dosis sobrantes habían servido previamente para vacunar a personal sanitario.
El equipo de vacunación siguió las instrucciones del Plan de Vacunación, de las que se deriva que la dosis sobrante debía ser administrada a personas comprendidas en la etapa 1 (cuatro grupos). Ante la imposibilidad de encontrar una persona de dicha etapa con seguridad clínica y dado que, en caso contrario, la dosis iba a terminar desperdiciándose, se optó por poner la vacuna al familiar de un profesional sanitario del equipo, cuya historia clínica se conocía. Cabe reseñar que dicha dosis no fue suministrada a ningún cargo o directivo de la Consejería de Salud y Portavocía. Tampoco a ningún miembro del Gobierno de La Rioja.
Si bien la instrucción detalla que el equipo de vacunación se enfrentó ante una situación imprevista ante la que optaron por una decisión cuestionable, así mismo descarta intencionalidad o imprudencia por parte de quienes administraron la dosis sobrante y considera que la actuación no es motivo de ninguna falta o sanción.
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