Crisis del Coronavirus

Sanidad abre la mano a nuevas medidas y desaconseja el autodiagnóstico

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha acordado este miércoles determinar que las comunidades autónomas puedan aplicar medidas y criterios más restrictivos para la celebración de las fiestas navideñas.

El encuentro de la Interterritorial se produce solo unas horas después de que el Gobierno de La Rioja haya presentado su plan de medidas para preservar la seguridad epidemiológica en la región durante las próximas fiestas.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha informado de una nueva Resolución de la Dirección General de Salud Pública que establece que las comunidades deberán remitir diariamente al Ministerio los datos de la vacunación llevada a cabo en todos los puntos de cada territorio una vez que las dosis contra el virus estén disponibles.

El procesamiento estadístico de estos datos y su representación geográfica se considera un elemento de gran utilidad en el seguimiento de la pandemia y en la toma de decisiones para su afrontamiento por las administraciones sanitarias. Además, el tratamiento de los mismos permitirá a emisión de certificados a solicitud del interesado, garantizándose siempre las medidas de seguridad en materia de protección de datos.

Pruebas de detección rápida

Otro de los temas tratados hoy en el Consejo Interterritorial es el de las pruebas de detección rápida de anticuerpos por inmunocromatografia, los test de autodiagnóstico. Dicho órgano ha acordado recomendar a los profesionales de los servicios de salud (médicos y odontólogos) la no prescripción de las mismas y llevar a cabo cuantas acciones de comunicación y concienciación resulten precisas para informar claramente a la ciudadanía de la naturaleza y las limitaciones de las citadas pruebas y de los riesgos para la salud de una incorrecta interpretación de sus resultados.

La Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta dependiente de la Comisión de Salud Pública adoptó ayer por unanimidad un posicionamiento común ante su comercialización para el autodiagnóstico de infección por SARS-CoV-2 (COVID-19). Entre otras conclusiones, la citada Ponencia estableció que dichas pruebas no están indicadas para diagnosticar y por tanto no deben ser utilizadas con este fin ni en personas con síntomas ni en individuos asintomáticos.

En particular, la Ponencia señala que éstas tienen, además, un rendimiento menor que las técnicas que se realizan en los laboratorios con sangre obtenida por venopunción. En consecuencia, la Ponencia acordó que en la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19 no se incluyeran como prueba válida para el diagnóstico de esta infección, indicando que las autoridades de Salud Pública no valorarán ni tendrán en cuenta ningún resultado obtenido mediante estas pruebas.

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