Crisis del Coronavirus

La nueva nueva normalidad en La Rioja: estas son las restricciones actuales

La Rioja entra este viernes en una otra fase de lucha contra el COVID-19

La Rioja entra este viernes en una nueva ‘normalidad’ que estará marcada sobre todo por el confinamiento perimetral de Logroño y Arnedo, así como el toque de queda desde las 22 horas en toda la comunidad. El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica este jueves las medidas y restricciones específicas, que entran en vigor desde esta medianoche.

Para cualquier duda recurrente, el Gobierno ha elaborado un PDF con preguntas y respuestas sobre la actual situación.

No se puede salir de la comunidad (salvo causa justificada), pero sí está permitida la movilidad entre localidades riojanas (salvo Logroño y Arnedo, que tienen restringida la salida y entrada del municipio salvo causa justificada). Hay un documento (PDF) para justificar el desplazamiento en el contexto de limitaciones de la movilidad.

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, academias que imparten enseñanza no reglada, y autoescuelas.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse.

g) En el ámbito deportivo, podrán entrar y salir del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja los equipos que participen en competiciones profesionales, así como en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional que pertenezcan al primer y segundo nivel deportivo. A estos efectos, se entiende que forman el equipo tanto los deportistas como el personal técnico.

En el caso de deportistas de deportes individuales, podrán entrar y salir de La Rioja los deportistas catalogados como de Alto Nivel que participen en Campeonatos de España de categoría absoluta o competiciones oficiales de ámbito internacional.

h) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

i) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

j) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

k) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

l) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

En los municipios de Logroño y Arnedo, queda restringida la actividad de todos los establecimientos dedicados a la hostelería, salvo en lo relativo a servicios de comida a domicilio o recogida (sin consumo en el propio establecimiento) por parte del cliente.

Horarios para el resto

El horario de cierre será como máximo a las 22 horas para todos los establecimientos. Permanecerán cerrados al menos hasta las cinco de la mañana (5 horas), coincidiendo con el toque de queda. Se exceptúan de esta medida los siguientes establecimientos:

a) Farmacias, así como otros establecimientos que provean de bienes y servicios de primera necesidad.

b) Los comedores de hoteles y casas rurales que podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento y siempre cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter sanitario con carácter general y un máximo de seis personas por mesa.

c) Los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios, los comedores escolares, y los servicios de comedor de carácter social.

Otras restricciones de aforos y distancias

– Lugares de culto: El aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

– Velatorios:

a) Aforo máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes.

b) La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas.

– Establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público:

a) Aforo máximo del cincuenta por ciento.

– Establecimientos de hostelería (salvo Logroño y Arnedo) y restauración y de juegos y apuestas:

a) El aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores.

b) El consumo en barra no estará permitido.

c) Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas.

d) La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas.

– Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación no incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio:

El aforo máximo será del cincuenta por ciento.

– Instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior.

a) El aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores.

b) La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

c) En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas que se desarrollen en los municipios previstos en el apartado 1.1, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

Prohibición de venta de alcohol

Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 21:00 horas, en todo tipo de establecimientos de venta al público, independientemente de la licencia con que operen. De igual modo, se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 21:00 horas en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.

Reuniones sociales

Sin novedades en las restricciones sociales, sigue el límite de seis el número de personas que pueden estar reunidas tanto en espacios públicos como privados, con las excepciones contempladas por el resto de la normativa. Ante la duda, ya lo sabes, sentido común.

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