Crisis del Coronavirus

La Rioja accede a la ‘Fase 3’: qué puedo hacer y qué no

Todas las novedades del penúltimo peldaño en el proceso de desescalada

Con el mismo orgullo con el que llega un estudiante a su casa con todas las asignaturas aprobadas, La Rioja accederá a partir del lunes (8 de junio) a la ‘Fase 3’ de la desescalada. Así lo ha confirmado el Ministerio de Sanidad, que lleva varios días insistiendo en las actividades habilitadas en este penúltimo peldaño del estado de alarma y en aquellas que siguen vetadas.

Para que no te hagas demasiado lío con tu nueva normalidad hemos elaborado este sencillo cuestionario, del que te avanzamos una pista: ¿celebramos la ‘Fase 3’ tomando unos vinos en la barra de un bar?

– ¿Podré desplazarme a otra región?

El desplazamiento a otra parte del territorio nacional solo se podrá realizar por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad (por mucho calor que tengas, darte un chapuzón en la playa de La Concha no cuela como tal).

– ¿Cuáles son los horarios establecidos para esta fase?

No habrá ninguna franja horaria para ningún colectivo. Puedes dejarte el reloj en casa si quieres.

– ¿Cómo será la situación en los velatorios?

Podrán llevarse a cabo con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o 25 personas en espacios cerrados, con independencia de que los mismos sean convivientes. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas y siempre respetando las medidas de distanciamiento e higiene. Huye de frases hechas, del tipo “no somos nadie”. No están vetadas por Sanidad, pero es un consejo que te regalamos.

– ¿Y las misas y lugares de culto?

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75 por ciento del aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad y, en todo caso, podrán coincidir un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en espacios cerrados. El aforo máximo debe publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.

– ¿Pueden acudir más invitados a mi boda?

Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75 por ciento de su aforo, y en todo caso con un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en lugares cerrados. En resumen, si te invitan no hay quien te libre de la ‘multa’. Luce tus mejores galas.

– ¿Aumenta el aforo en los comercios?

Los establecimientos pueden acoger un cincuenta por ciento del aforo total, garantizando siempre una distancia mínima de dos metros entre clientes. Además, se debe establecer un horario de atención con servicio prioritario para las personas mayores de 65 años.

– ¿Los mercadillos seguirán con las mismas medidas?

Se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes, de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros. Asimismo, se debe asegurar que los productos comercializados no sean manipulados por parte de los consumidores (se mira pero no se toca, salvo que lo vayas a comprar). Los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.

– A los centros comerciales, ¿podrá acudir más gente?

Las grandes superficies comerciales solo podrán abrir al público si se limita el aforo de sus zonas comunes y recreativas al cuarenta por ciento y, en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos, al cincuenta por ciento. No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la venta, como esas típicas muestras de colonia que no desaparecen de tu piel ni a la octava ducha exfoliante.

Tampoco se podrán colocar en los establecimientos comerciales productos de telecomunicaciones para uso y prueba sin supervisión de un trabajador que de manera permanente pueda proceder a su desinfección inmediata tras la manipulación por parte de cada cliente. Además, en los establecimientos del sector textil y de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán. Las prendas que se prueben deberán ser higienizadas antes de ser facilitadas a otros clientes. Esta medida será también aplicable a las devoluciones de prendas.

– ¿Cómo pueden abrir bares y restaurantes?

Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo. El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, preferentemente mediante reserva previa. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilice para este fin deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.

Actualización: el Gobierno ha informado de que sí pueden abrir discotecas y bares de ocio nocturno.

– ¿Habrá servicio de barra?

Sí, siempre y cuando se garantice una separación mínima de 2 metros. ¡Arriba esas copas de Rioja!

– ¿Las terrazas mantendrán las mismas medidas?

En las terrazas al aire libre se limitará el aforo al 75 por ciento de las mesas, con una ocupación máxima de 20 personas. Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.

– En cuanto a los hoteles, ¿cuánta gente podrá alojarse?

Podrán rehabilitarse las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo. Aquellos espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deberán ventilarse dos horas antes de su uso. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 20 personas y de forma preferente al aire libre.

– ¿Qué cambios sufren las bibliotecas y museos?

En las bibliotecas podrán realizarse actividades culturales, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado. Podrá también permitirse el estudio en sala, siempre que se den las condiciones necesarias según la dirección de la biblioteca, y no se supere el la mitad del aforo autorizado. En los museos y salas de exposiciones el aforo permitido será del cincuenta por ciento. Evita disparar fotos con flash antes de que te regañe el vigilante de la sala.

– ¿Cómo será la práctica del deporte?

Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos de tipo medio, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como en la realización de entrenamientos tácticos no exhaustivos dirigidos a la modalidad deportiva específica, en pequeños grupos de varios deportistas hasta un máximo de 20, manteniendo las distancias de seguridad y evitando contacto físico. Podrán utilizar las instalaciones que tengan a su disposición, cumpliendo las medidas establecidas por las autoridades sanitarias.

Si se optara por el régimen de entrenamiento en concentración se deberá cumplir con las medidas establecidas por las autoridades sanitarias y el Consejo Superior de Deportes. Tanto si se requiere el servicio de residencia como la apertura de los servicios de restauración y cafeterías, se deberán cumplir las medidas establecidas. Las tareas de entrenamiento se realizarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el cincuenta por ciento de la capacidad que para deportistas tenga la instalación.

Podrá asistir a las sesiones de entrenamiento el personal técnico necesario para el desarrollo de las mismas, pero no podrán asistir medios de comunicación. Podrán realizarse reuniones técnicas de trabajo con un máximo de 20 participantes. Estas reuniones no contarán con presencia de personal auxiliar, ni de utileros, reduciéndose el personal del centro de entrenamiento al número mínimo suficiente para prestar el servicio.

– ¿Habrá cambios en las actividades turísticas?

Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta un máximo de 30 personas. La realización de la actividad de guía turístico se concertará mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 20 personas. Sácale partido al GoreTex.

– Vuelven los establecimientos y locales de juegos y apuestas

No se deberá superar el cincuenta por ciento del aforo autorizado y no deberá haber, en ningún caso, en el interior del local o establecimiento más de 50 personas en total, incluyendo a los trabajadores del local o establecimiento. Entre un cliente y otro se deberá proceder a la limpieza y desinfección de cualquier tipo de máquina o dispositivo, así como de sillas, mesas o cualquier otra superficie de contacto. Asimismo se establecerán los mecanismos y procesos oportunos para garantizar la higienización, cada dos horas, de las fichas de casino, cartas o cualquier otro elemento de juego que se intercambie entre jugadores.

– ¿Cómo entretengo a los chiguitos?

Cuando el desarrollo de las actividades se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al cincuenta por ciento de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Si las actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual; con un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores. Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 10 personas, incluido el monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.

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