Crisis del Coronavirus

La Rioja entra en la ‘Fase 1’: qué cosas puedo hacer y qué no

Qué puedo hacer y qué no a partir del lunes

La Rioja entrará en la ‘Fase 1’ de la desescalada el próximo lunes (11 de mayo). Sí, sí. Lees bien. Así lo ha confirmado este viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa, tras aprobar la documentación presentada por el Gobierno el pasado miércoles. A partir de ahora, se abre un nuevo horizonte de responsabilidad y desconfinamiento para los riojanos. Mucho cuidado con no volver a coger el bicho. Por tanto. ¿Qué ocurre a partir del lunes? Vamos a dar respuesta a esas dudas.

En líneas generales, ya puedes ver a familiares y amigos, viajar dentro de la comunidad, ir a comprar sin cita previa o sentarte en una terraza. No puedes ir a ninguna otra provincia, así que ojo si estabas pensando darte una escapadita a la playa de La Concha.

– ¿Puedo ir a mi segunda residencia?

Sí. Un cambio de criterio del Gobierno de España este sábado (9 de mayo) ha hecho posible que se pueda viajara a una segunda residencia dentro de la misma provincia. Es decir, sin salir de La Rioja.

– ¿Puedo ver a mis familiares, amigos, seres queridos…? ¿Dónde?

Sí, salvo que estos hayan dado positivo por coronavirus o estén en aislamiento. No podrás visitar a personas ancianas o que pertenezcan a un grupo de riesgo, ya que son más vulnerables a la COVID-19. Estos encuentros pueden realizarse tanto en casa como en la calle.

– ¿Cuántas personas podemos reunirnos? ¿Qué es un grupo reducido?

Un grupo reducido contiene un máximo de diez personas, siempre y cuando no sean personas vulnerables. A partir de la ‘Fase 1’ se pueden reunir, siempre guardando la distancia social de aproximadamente dos metros y manteniendo las medidas necesarias de higiene y seguridad.

– ¿Cuántas personas pueden desplazarse en un mismo coche a la vez?

Los habitantes de un mismo domicilio pueden compartir un coche de hasta nueve plazas. En esta fase se podrá utilizar para desplazarse a visitar a un familiar, para las reuniones con amigos o para acudir a cualquiera de las actividades permitidas en la misma sin necesidad de justificación.

– ¿Puedo hacer turismo dentro de La Rioja?

Se podrá realizar turismo activo y de naturaleza en grupos limitados de personas dentro de la misma provincia. Asimismo, se podrán realizar visitas (aunque no realizar actividades culturales en ellos) en museos, con un aforo limitado.

Los alojamientos turísticos también podrán abrir las puertas a sus clientes, aunque sin zonas comunes, para evitar las aglomeraciones de gente en sus dependencias.

– ¿Qué pasa con los bares?

Aquellos que abran solo podrán tener disponibles sus terrazas al 50 por ciento del aforo. Tendrá que haber una distancia mínima de dos metros entre las mesas y los grupos de clientes no superarán las diez personas. Además, habrá que desinfectar las mesas entre un cliente y otro y no se podrán utilizar cartas de uso común ni servilleteros.

– ¿Y con las peluquerías?

Se continúa necesitando cita previa para darle forma a tu melena.

– ¿Puedo comprar ropa en un pequeño comercio? ¿Y en un centro comercial?

Hasta ahora se necesitaba cita previa para visitar comercios de menos de cuatrocientos metros cuadrados, pero ya no será obligatoria. Tampoco la atención individual. A partir de ahora, las tiendas de ropa podrán abrir siempre que cumplan las condiciones de aforo (máximo al treinta por ciento) y distanciamiento (dos metros). Los centros comerciales tendrán que esperar y seguir cerrados.

– ¿Y comprar un libro?

A partir de esta fase, las librerías podrán abrir normalmente, siempre que cumplan las condiciones de aforo y distanciamiento.

– ¿Se podrán celebrar mercados de alimentación de proximidad?

Sí. A partir de la ‘Fase 1’ se permite la reanudación, cuando así lo proponga el ayuntamiento y la comunidad autónoma correspondiente, de los mercados de alimentación de proximidad guardando determinadas condiciones.

– ¿Cuándo podré ir a un espectáculo al aire libre?

Los actos y espectáculos culturales al aire libre pueden hacerse en la ‘Fase 1’ con menos de 200 personas, siempre que sea posible mantener las distancias de seguridad.

– ¿E ir al teatro?

En esta fase se abre la opción de celebrar espectáculos culturales de menos de treinta personas en lugares cerrados, siempre que el aforo no supere un tercio del total de la sala.

– ¿Podremos ir a misa?

Sí, los lugares de culto abrirán en la ‘Fase 1’, pero la afluencia de fieles se reducirá a un tercio del aforo.

– ¿Estarán permitidos los velatorios?

Sí, pero se limita el número de familiares que pueden hacerlo, que es de quince personas si tiene lugar al aire libre y de diez en espacios cerrados.

– ¿Cuándo se podrán utilizar las instalaciones deportivas como el Adarraga o Las Norias?

Será en la ‘Fase 1’ cuando se abran las instalaciones deportivas al aire libre sin público y solo para practicar deportes en los que no exista contacto, como el atletismo o el tenis. También los centros deportivos cerrados para actividades deportivas individuales, previa cita, que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

En el caso de los gimnasios o las instalaciones cuyo espacio sea cerrado, deben esperar a la ‘Fase 2’ y solo cuando el deporte se haga sin público y no requiera contacto físico.

– ¿Estará permitido el baño en piscinas?

No.

– ¿Hay cambios respecto a las franjas horarias habilitadas para salir a pasear o practicar deporte?

– Las comunidades autónomas tienen ahora la capacidad de establecer nuevas franjas, adaptadas a la realidad del territorio.

– En la ‘Fase 1’ se habla de la apertura de las actividades agroalimentarias que mantenían restricciones, ¿a qué actividades se refiere?

El sector se ha visto limitado en menor medida que otros por su participación directa y ser elemento esencial en la cadena de suministro alimentario. No obstante, hay diversas actividades del sector considerados no esenciales, que pueden empezar a recuperar su funcionamiento anterior a la declaración del estado de alarma. A partir de la Fase I, se permite, por tanto, la apertura, entre otras, de actividades tales como:

  • Comercio minorista de flores y plantas ornamentales.
  • Producción y venta al por menor de sustratos de cultivo destinados a jardinería.
  • Venta y alquiler de equipos para jardinería.
  • Mantenimiento y reparación de equipos y máquinas agrarias, e inspecciones de equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
  • Apertura de los laboratorios, públicos y privados, dedicados a la comprobación de la calidad de los insumos y medios de producción empleados en la producción agraria, tales como el material vegetal de reproducción, los fertilizantes y sustratos de cultivo y la maquinaria agrícola.
  • Venta al público de bebidas embotelladas en centros de venta especializados en vino envasado.
  • Venta de animales vivos para compañía, en tiendas minoristas y criaderos, así como la adopción de animales en centros de protección animal.
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