N-232

La N-232 sigue libre de camiones: el lío con la sentencia del Supremo

La carretera sigue libre de camiones: el lío con la sentencia

Los camiones no han vuelto a la N-232. Estos seguirán circulando obligatoriamente por la autopista AP-68. La Delegación del Gobierno en La Rioja ha aclarado este martes que el Tribunal Supremo no ha anulado la prohibición de circular por la citada carretera a los vehículos de cuatro ejes o más sino que la sentencia conocida este lunes se refiere, única y exclusivamente, a la bonificación de los peajes del tramo ‘Zambrana-Tudela’.

“Se mantiene la prohibición de circular en la N-232. Esa es la noticia. La interpretación ha podido desviarse porque el Real Decreto queda anulado y se ha podido interpretar que además de anular las bonificaciones conllevaba la anulación de las resoluciones de la Dirección General de Tráfico, pero no es así”, ha explicado el delegado del Gobierno, José Ignacio Pérez.

¿Dónde está la confusión?

El Tribunal Supremo ha anulado la bonificación a los transportistas recogida en el Real Decreto 1023/2017, pero no la prohibición de que circulen por la N-232, pese a lo indicado por el Consejo General del Poder Judicial en una nota de prensa. “No se anula la resolución de la DGT sino el convenio entre varias administraciones (Gobierno de España, Gobierno de La Rioja y AVASA) para bonificar los peajes”, ha detallado Pérez.

Y es que la prohibición no se establece en el Real Decreto que ahora ha anulado el Tribunal Supremo sino en una resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT). El mencionado Real Decreto sólo la recoge en una de sus cláusulas y apunta que “la precisa aplicación por parte de la DGT de la prohibición general constituye una condición esencial del convenio”.

¿Qué ocurre ahora?

A tenor de las aclaraciones realizadas desde la Delegación del Gobierno, se mantiene la prohibición de circulación para camiones de cuatro o más ejes por la N-232, pero no van a poder estar bonificados para ir por la AP-68.

“Los camiones siguen teniendo prohibido circular por la N-232. El inconveniente lo van a tener los camioneros y las empresas de transporte porque queda anulado el convenio y la bonificación correspondiente”, ha indicado Pérez.

¿Qué supone esta situación?

El presidente y el gerente de la Asociación de Transportistas Discrecionales (ATRADIS) Rioja, Santiago Gutiérrez, ha calificado la situación como “surrealista”, ya que ahora se ven obligados a ir por la autopista AP-68, pero hay un Real Decreto que les bonificaba que ha sido anulado.

Según sus cálculos, la decisión del Tribunal Supremo obliga ahora a todos los transportistas a tener que abonar alrededor de 29 euros por circular por el tramo riojano de la autopista, en vez de los cinco que se pagaban hasta ahora al estar bonificado.

¿Por qué se ha dado esta situación?

La empresa riojana Grupo Logístico Arnedo recurrió el Real Decreto al considerar que “dicha medida carece de cobertura legal al no haberse acreditado en el expediente administrativo la congestión del tráfico, la contaminación acústica y la siniestralidad alegadas para poner en marcha esta injusta prohibición”.

Además, alegaba el “enorme perjuicio económico que supone tener que transitar obligatoriamente por la autopista”. Tras conocerse el fallo del Tribunal Supremo, Grupo Arnedo ha señalado que “nunca ha planteado que los camiones vuelvan a circular por la N-232” y que su intención era buscar una solución que “no fuera prohibitiva ni discriminatoria”.

“Se están subvencionando a vehículos españoles y extranjeros en tránsito, que no están domiciliados en La Rioja, que no pagan sus impuestos en esta comunidad ni prestan servicios en La Rioja, y que en ocasiones pasan los 150 kilómetros subvencionados sin ni siquiera parar”, ha comentado la empresa en un comunicado.

¿Volverán entonces los camiones a la N-232?

Por el momento, no. Así lo explica también a NueveCuatroUno la Guardia Civil, que no ha recibido órdenes sobre no multar a los citados camiones.

¿Y más adelante? La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) entiende que esta sentencia establece un precedente “fundamental” para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, órgano que está dirimiendo sobre la Resolución de la Dirección General de Tráfico, ratifique “lo antes posible” la eliminación de los desvíos obligatorios que siguen en vigor.

Hasta que este órgano se pronuncie, la prohibición de la N-232 sigue en pie. Cuando lo haga, dependerá de su decisión.

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