El Rioja

El Gobierno modifica los criterios para acceder a nuevas plantaciones de viñedo

El Gobierno modifica los criterios para acceder a nuevas plantaciones de viñedo

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha modificado la normativa sobre el sistema de autorizaciones para nuevas plantaciones de viñedo (enlace al Boletín Oficial del Estado), tras la polémica generada en los sólo dos años que llevaba la anterior legislación en marcha y la multitud de sospechas de fraude en el sector. Con esta normativa se pretende mejorar la aplicación en España del sistema de autorizaciones de viñedo, que entró en vigor el 1 de enero de 2016 a partir de la experiencia acumulada.

Las principales modificaciones introducidas, además de las ya contempladas de que el solicitante sea un nuevo viticultor menor de 40 años y de que, en el momento de apertura del plazo de solicitudes, no tenga plantaciones de viñedo sin autorización, son las siguentes:

– Incluir dos nuevos criterios de admisibilidad: se le exige al solicitante capacidad y competencia profesionales adecuadas y, además, el solicitante debe indicar en su solicitud el destino comercial de su viñedo en determinados casos con el fin de poder hacer efectivo el derecho de las Denominaciones de Origen Protegidas a limitar su potencial productivo.

– Incluir un nuevo criterio de prioridad para los solicitantes de autorizaciones de nuevas plantaciones de viñedo, consistente en priorizar aquellas superficies de replantación en el marco del incremento del tamaño de pequeñas y medianas explotaciones.

– Adelantar el calendario del plazo de presentación de solicitudes de autorizaciones de nuevas plantaciones al 15 de enero y la publicación por el Ministerio de la decisión de la superficie disponible para nuevas plantaciones al 15 de diciembre.

– Modificar el periodo de aplicación de las recomendaciones, que podrán tener una duración de hasta 3 años para dar más estabilidad a las decisiones tomadas.

Todo ello permitirá una mejor planificación del sector. En particular, el nuevo criterio de prioridad permitirá, además de priorizar aquellas pequeñas y medianas empresas con mayor interés en cada una de las comunidades autónomas, incrementar el número de grupos de prioridad. Esto permitirá que se reduzca el número de solicitudes admitidas parcialmente (es decir, solicitudes con prorrata), en beneficio de solicitantes y administraciones.

En este caso, será la Consejería de Agricultura del Gobierno de La Rioja la que determine si prima más las pequeñas explotaciones o las medianas: parcelas de tipo A (entre media hectárea y 5,13 has); de tipo B (entre 5,13 y 10,25 has); de tipo C (entre 10,25 y 15,38 has); y de tipo D (de 15,38 a 21,01 has). El departamento que dirige Íñigo Nagore deberá decidir a qué categoría otorga 1, 2, 3 ó 4 puntos .

Por otro lado, se establecen disposiciones para que las comunidades autónomas y los órganos de gobierno de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOPs) tengan mayor peso en la toma de decisiones en materia de las limitaciones a nuevas plantaciones. Además, se elimina la posibilidad de aplicar limitaciones en el ámbito geográfico de una Indicación Geográfica Protegida (IGP).

Este Real decreto ha entrado en vigor el 1 de agosto de 2017 y será aplicable a la convocatoria de solicitudes de autorizaciones de nuevas plantaciones de 2018.

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