Este jueves comienza en España el proceso de regularización extraordinaria de inmigrantes tras la aprobación del Real Decreto por el Consejo de Ministros y su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Desde este miércoles, los interesados pueden iniciar los trámites de forma telemática o solicitar cita previa para la atención presencial, que arrancará el próximo lunes. En La Rioja, se estima que entre 7.000 y 8.000 personas podrían acogerse a esta medida.
En la comunidad, la atención presencial no se realizará en oficinas de extranjería, sino que se centralizará en tres puntos: una oficina de la Seguridad Social, ubicada en la calle San Bartolomé número 4, y dos oficinas de Correos, en las calles Once de Junio y Duquesa de la Victoria, en Logroño. En estos espacios se podrá entregar la documentación en los horarios establecidos, siempre con cita previa.
El plazo para presentar solicitudes estará abierto hasta el 30 de junio, aunque desde este jueves ya es posible tramitar el proceso online o gestionar la cita. Podrán beneficiarse tanto solicitantes de asilo que hubieran iniciado su petición antes del 1 de enero de 2026 como personas en situación irregular que se encontraran en España antes de esa fecha, siempre que cumplan requisitos como ser mayores de edad, acreditar estancia continuada y carecer de antecedentes penales.
Para formalizar la solicitud será necesario aportar documentación como el pasaporte, certificados de residencia en España y antecedentes penales, además de justificar determinadas circunstancias como empleo, arraigo familiar o situación de vulnerabilidad. Las solicitudes podrán realizarse de forma digital con certificado electrónico o a través de entidades sociales, sindicatos o profesionales autorizados.
El Gobierno ha fijado un plazo máximo de tres meses para resolver las solicitudes, aunque puede ampliarse en determinados casos. Desde la admisión a trámite, los solicitantes recibirán un permiso provisional para residir y trabajar en España durante un año. Las autoridades recomiendan acudir únicamente a canales oficiales y entidades acreditadas para evitar fraudes o desinformación durante el proceso.
Paso a paso
1. Revisa si cumples los requisitos
Son beneficiaros de esta regularización:
– Solicitantes de protección internacional que hayan hecho su petición antes del 1 de enero de 2026.
– Personas en situación administrativa irregular llegadas a España antes del 1 de enero de 2026.
En ambos casos, hay que acreditar una serie de requisitos:
– Ser mayor de edad
– Haber permanecido en España de forma ininterrumpida durante los cinco meses anteriores al momento de presentar la solicitud.
– No tener antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido cinco años antes de tu entrada en España.
En caso de que tengas hijos menores o mayores que dependen de ti, puedes presentar la solicitud para ellos al mismo tiempo y en su caso las autorizaciones tendrán una vigencia de cinco años.
2. Recaba la documentación
– Copia del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje, en vigor o caducado.
– Para demostrar tu tiempo en España, lo más fácil es aportar el padrón pero, si no lo tienes, se pueden adjuntar otros documentos que contengan tus datos y estén fechados, como el historial del título de transporte de tu ciudad, un informe médico, un contrato de luz o alquiler o un certificado de envío de dinero.
– Certificado de antecedentes penales: se obtiene de diferente forma dependiendo del país de origen, infórmate en tu embajada o consulado. En el caso de que lo solicites y en un mes no te hayan respondido, puedes acreditar esta falta de respuesta para que sea el Gobierno de España el que lo pida por la vía diplomática.
– La propia solicitud, para lo que habrá un modelo disponible a partir de mañana en la web habilitada para la regularización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
– En el caso de que no seas solicitante de asilo, debes acreditar, además, uno de los siguientes supuestos: haber trabajado o tener una oferta para hacerlo; tener hijos menores o mayores o padres dependientes a tu cargo o acreditar tu situación de vulnerabilidad.
Para demostrar esta última circunstancia, deberás aportar un informe de vulnerabilidad emitido por servicios sociales o por una entidad social colaboradora del Gobierno en materia de extranjería mediante un modelo que el Ejecutivo dispondrá en la web.
3. Escoge si lo harás online o presencial
– Para hacerlo vía online, es necesario tener certificado digital pero, si no lo tienes, puedes acudir a una ONG o sindicato acreditado por el Gobierno como colaborador en materia de extranjería -el listado está en la web del ministerio- y ellos lo tramitarán de forma gratuita.
También puedes contratar a un abogado particular que te acompañe en todo el proceso y actúe como tu representante, al que deberás pagar por este servicio.
– Si te decantas por pedirlo en persona, tienes que pedir cita previa -es totalmente gratuita- de forma online, en la web del ministerio o en el teléfono 060. En una misma cita podrás gestionar todas las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia.
4. Realiza tu petición
Para hacer la solicitud de forma online, puedes hacerlo a partir de mañana, jueves, a través de la plataforma accesible desde la web del Ministerio de Migraciones.
Si es presencial, debes acudir al lugar y hora indicados en tu cita con toda la documentación. Estos son los lugares habilitados por el Gobierno:
– 30 oficinas de Seguridad Social abiertas de lunes a viernes de 16 a 19 horas.
– 371 oficinas de Correos en capitales de provincias o ciudades de más de 50.000 habitantes abiertas de lunes a viernes de 8.30 horas a 17.30 horas.
– 5 Oficinas de Extranjería en Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia en horario de 16:00 a 19:00 horas.
5. Espera a que se resuelva
El plazo máximo de resolución fijado por el Gobierno es de tres meses pero se puede alargar hasta otros tres si tienes problemas para obtener tu certificado de antecedentes penales.
En cualquier caso, desde la admisión a trámite de la solicitud, recibirás un permiso provisional que te autoriza a residir y trabajar en el país.
6. Solicita tu TIE
Una vez recibas la resolución estimatoria definitiva, tienes un mes para solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero ante la Policía Nacional.
Es en este momento en el que, si eres solicitante de asilo, tienes que aportar el resguardo de que has desistido de tu petición de protección internacional.
7. Atento: tu autorización caduca después de un año


