La Rioja

Logroño apoyará con 3.500 euros el relevo generacional en el comercio

El pleno del Ayuntamiento de Logroño ha aprobado este martes por unanimidad las bases reguladoras de las subvenciones para la creación de nuevas iniciativas económicas y consolidación empresarial, que han incorporado una línea para apoyar el relevo generacional en el comercio local.

Todos los grupos municipales han respaldado las bases de estas ayudas municipales, a las que se ha incorporado, también por unanimidad, una enmienda socialista en la línea de ayudas de relevo generacional, dotadas con 3.000 euros para el sucesor y de 500 para quien transmite la actividad.

Según la propuesta del PSOE, a cambio de esos 500 euros la persona que transmita su negocio se tiene que involucrar en el proceso y formar a su sucesor en el negocio.

La línea 1 de estas bases, ‘Nuevas iniciativas’, consta de dos modalidades que se reconfiguran atendiendo a las estrategias de apoyo a la actividad de un sector considerado estratégico como es el comercial.

La modalidad A, ‘Nueva iniciativa’, irá destinada a financiar la creación de microempresas que inicien una actividad económica y se instalen en el término municipal de Logroño. La cuantía de estas subvenciones alcanzará los 3.500 euros, cuantía que se incrementará en 500 euros en aquellas actividades económicas que se ubiquen en el Centro Histórico de la ciudad.

La principal novedad radica, en este caso, en la modalidad B de las subvenciones, denominada ‘Nueva iniciativa comercial’, que busca financiar parcialmente la creación de microempresas que inicien una actividad económica, exclusivamente comercial, en Logroño. Se trata de una línea que sustituye a otra existente en los últimos años dirigida a empresas tecnológicas y que no había contado con beneficiarios en los últimos tres años.

Las actividades que se enmarquen en esta nueva modalidad de apoyo a las nuevas iniciativas comerciales deberán encajarse necesariamente en alguno de los grupos de la Clasificación Nacional de actividades Económicas que se recogen en las bases. En este caso, las subvenciones podrán tener una cuantía de 5.000 euros.

En lo que respecta a la línea 2 de estas bases de subvenciones, denominada ‘Consolidación Empresarial’, añade una nueva modalidad para apoyar el relevo generacional y ayudar así a la continuidad empresarial. Esta es la principal novedad de este proyecto de bases reguladoras.

Entre los requisitos que se deben cumplir para optar a estas subvenciones de relevo generacional destacan los siguientes:

– La persona que sucede en la actividad deberá contar con un Plan de viabilidad de la actividad económica o Plan de relevo debidamente supervisado.

– La sucesión en la actividad empresarial o la transmisión de la actividad deberá estar motivada por una situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, jubilación, fallecimiento de la persona titular de la actividad o por circunstancias sobrevenidas debidamente acreditadas.

– Que no hayan transcurrido más de seis meses desde el cierre de la actividad económica a suceder, o que esta no hubiera finalizado en el momento de efectuarse el traspaso, cesión o venta del negocio y que dicha actividad económica tuviera una antigüedad superior a tres años.

Los gastos subvencionables en esta modalidad incluyen: la realización de un Plan de viabilidad de empresa o Plan de relevo; los costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción de un proyecto de reforma y/o decoración; obras de reforma, acondicionamiento y actualización de la superficie de exposición y venta del local, así como de la fachada exterior del establecimiento donde se va a desarrollar la actividad de relevo (puertas, letreros, carteles, toldos, etc.); adquisición de equipamiento y mobiliario para la zona de venta y exposición del local; la realización de un plan de comunicación y marketing relacionado con la actividad; gastos de formación, gastos derivados de actuaciones o servicios de digitalización, y gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia técnica especializada.

Las cuantías de subvención alcanzarán hasta un máximo de 3.000 euros de los gastos subvencionables para el sucesor de la actividad, autónomo o microempresa que cumplan los requisitos, y serán de 500 euros para el transmitente de la actividad (novedad significativa que trata de poner en valor la colaboración y acompañamiento en el proceso de relevo).

En este punto, se ha aprobado por unanimidad en Pleno una enmienda de adición presentada por el Grupo Socialista en la que se establece que el transmitente de la actividad “deberá justificar, mediante cualquier medio válido en derecho, que era el titular de una actividad transmitida, y comprometerse a formar al sucesor, en los aspectos más relevantes de la actividad económica”.

La línea 2, de ‘Consolidación Empresarial’, incluye también otra modalidad de subvenciones, destinadas en este caso a financiar parcialmente los gastos que realicen las microempresas (oficinas, bajos comerciales, instalaciones o talleres) para favorecer su modernización, digitalización y adaptación que permita la continuidad y consolidación de las mismas en el término municipal de Logroño. Las subvenciones alcanzarán en este caso hasta un máximo de 2.500 euros de los gastos subvencionables que se incluyen en el proyecto de bases.

El acuerdo adoptado supone la publicación de las bases en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), sometiéndolas a información pública y audiencia por un periodo de 30 días para presentación de reclamaciones y sugerencias.

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