La Rioja

El mal hospitalero: condenado por no alojar a un invidente con su perro guía

Un Juzgado de Logroño ha condenado a tres meses de inhabilitación como hospitalero por un delito de denegación de un servicio profesional por motivo de discriminación a un hombre que no quiso alojar a un peregrino invidente acompañado de su perro guía en el albergue municipal de Nájera.

La sentencia, facilitada por la ‘Asociación no sin mi perro guía’, recoge el acuerdo de conformidad de las partes por unos hechos ocurridos en abril de 2019.

Según el fallo judicial, el acusado trabajaba como hospitalero en el albergue municipal de peregrinos de la localidad riojana de Nájera cuando llegó un caminante invidente, quien le pidió una cama para pernoctar y le comunicó que necesitaba entrar con su perro guía.

A pesar de los requerimientos del peregrino, el hospitalero se negó a dejarle entrar, por lo que el perjudicado llamó a la Policía Local.

Los agentes le avisaron de que el invidente tenía “derecho a entrar” al albergue y su negativa a dejarle acceder podría considerarse un delito, pero el hospitalero “mantuvo una actitud chulesca y aseguró que si le dejaba entrar, le daría la peor cama”, detalla la sentencia.

El hombre llegó a poner una mano en el pecho a uno de los policías para impedir que pasara y mantuvo esta situación hasta que llegó el encargado del albergue y aseguró al peregrino que podía pasar “sin problemas”.

El hospitalero no podrá ejercer esta profesión durante tres meses y, además, tendrá que abonar las costas del proceso judicial, durante el que ha habido dilaciones indebidas, por lo que se aplicó en el fallo esta circunstancia atenuante muy cualificada.

En un comunicado, la ‘Asociación no sin mi perro guía’ ha expresado su satisfacción por esta sentencia, que reconoce una petición realizada desde hace años.

Ha subrayado que impedir el acceso a lugares públicos o de uso público o denegar servicios en general a personas acompañadas de su perro guía o de asistencia es “un claro acto de discriminación por razón de discapacidad o enfermedad”.

Esta entidad ha apuntado que se han dictado sentencias similares que consideran que estos impedimentos de denegación de servicios o inadmisión no son “simples infracciones administrativas, sino un delito que causa una limitación para el ejercicio de derechos fundamentales o libertades públicas a las personas que precisan de perros guía o de asistencia en su desenvolvimiento cotidiano”.

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