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Los retrasos en el trabajo por las tractoradas no se pueden sancionar

Foto: EFE/ Raquel Manzanares

Es la pregunta de estos días: “¿Nos pueden descontar en la nómina las horas que hemos llegado tarde por estar retenidos en una tractorada?”. La respuesta no es sencilla. Depende de cada convenio, pero en términos generales no se puede descontar el importe correspondiente de la nómina por tratarse de un retraso de fuerza mayor. Sí habrá que compensar las horas perdidas.

Iván Izco, de Izco y Galván Asesores, explica que “lo habitual es que se recuperen esas horas perdidas, aunque la literalidad de los convenios pueda ser diferente dependiendo de los casos pero hay que tener en cuenta que la sanción tiene que ser proporcional con la falta que el trabajador ha cometido”. Así están procediendo la mayoría de las empresas donde “no hay sanciones, pero sí recuperación de horas”.

Javier Bujarrabal, de Bujarrabal Asesores en Logroño, es claro al respecto. “El trabajador tiene que estar puntual en su puesto de trabajo y una tractorada no le exime de ello; otra cosa es que se pueda sancionar, que no se puede”. Estos días son multitud las empresas y trabajadores que están solicitándoles información sobre este asunto que ha dejado a decenas de trabajadores riojanos sin poder acudir puntuales a su puesto de trabajo.

“No existe posibilidad de sanción por este motivo, pero las horas no pueden computarse como trabajadas por lo que hay que recuperarlas cuando sea posible”, añade, aunque señala que existe una excepción: “Si el trabajador acude a su puesto de trabajo en un transporte que habilita la empresa, la cosa cambia”.

Y es que, una vez que comienza el horario de trabajo, si el empleado se encuentra en el trasporte de la empresa se considera que está en su puesto de trabajo. “Esto está haciendo que sean más trabajadores de los habituales los que estos días están solicitando ir en el transporte que proporciona la empresa para no pillarse los dedos y en caso de verse afectados por los atascos, que sí contabilicen esas horas”.

Aún así, Bujarrabal recomienda a las empresas “dejar claro por adelantado la forma que va a tener de actuar en caso de darse este tipo de retrasos para que el trabajador sepa a lo que se exponen y las consecuencias que puede tener llegar tarde al puesto de trabajo”.

Otra de las dudas con las que se están encontrando se refiere a los trabajadores más previsores. “Muchos han salido antes para evitar los atascos y han llegado una hora antes a su puesto de trabajo y nos preguntan si esas horas computan”. La respuesta en este caso depende de los acuerdos con la empresa: “Si hay un acuerdo previo de flexibilidad de horario sí que computarían esas horas, en el caso de no haberlo, no hay posibilidad de que computen”.

También son muchos los que están ‘tirando’ de horas de asuntos propios para compensar esas horas perdidas. “Como la jurisprudencia permite no justificar esas horas de asuntos propios porque entienden que entran dentro de la intimidad del trabajador, los empleados tienen la opción acogerse a ellas si están contempladas en los convenios”.

Por último está el caso de aquellos trabajadores que han tenido que hacer más horas porque su relevo ha llegado tarde por los atascos de las tractoradas. “En ese caso, las horas sí computan como horas trabajadas y habrá que abonarlas en nómina o devolverlas”.

El asunto trae estos días de cabeza a muchas empresas y trabajadores, pero Bujarrabal tranquiliza: “En la mayoría de los casos se está resolviendo con entendimiento entre unos y otros y sin más problemas, todo el mundo entiende la situación y se soluciona de la mejor manera para la empresa y el trabajador”.

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