La Rioja

Parricida de Nájera: el fiscal pide la prisión permanente revisable

El fiscal pide la pena de prisión permanente revisable para un hombre que será juzgado en Logroño con jurado el próximo día 7 como presunto autor del asesinato con alevosía de su madre, de 74 años, ocurrido en la ciudad riojana de Nájera en junio de 2020.

El escrito de acusación del fiscal, al que ha accedido Efe, indica que el acusado, que tenía 47 años cuando ocurrieron los hechos, vivía con su madre y, en noviembre de 2019, contrató para la vivienda que compartían un sistema de alarma, que desconectó en mayo de 2020.

FOTO: Raquel Manzanares/EFE.

Ha precisado que el acusado portaba una navaja o un cuchillo, que intentó clavarle a su madre en el corazón, órgano que no alcanzó al impactar el arma blanca con una costilla; y, al persistir en su intención de matarla, la que golpeó con un martillo repetidamente en la cara y en la región frontal.

Después, con el cuchillo, le produjo a su madre, en el cuello, una herida incisa de 13 centímetros de longitud y que seccionó la vena yugular; y, además, sobre esa herida, le volvió a clavar el cuchillo otras dos veces.

La causa de la muerte fue un shock hipovolmético debido a la profusa hemorragia provocada por las lesiones en la cabeza y en el cuello, detalla el fiscal, que precisa que la herida en el cuello es de tipo deslizante, tratándose de un degüello.

En la habitación del acusado se localizaron los instrumentos presuntamente utilizados por el procesado para matar su madre manchados de sangre, dado que, encima de una silla, había una navaja y un cuchillo de cocina y, dentro de un cajón de la mesita de noche, un martillo.

El acusado se provocó con un cuchillo sendos cortes incisos en ambas muñecas y heridas punzantes en el tórax y en el abdomen y hacia las 15:37 horas, llamó al SOS Rioja para comunicar que había matado a su madre.

El fiscal indica que el acusado, que tiene una inteligencia límite y ha tenido varios ingresos psiquiátricos, presenta un trastorno esquizoafectivo y otro mixto de personalidad, con predominio de rasgos compulsivos.

Su aislamiento social y la obligación de convivir con su madre propiciaron que el acusado descargara su cólera y hostilidad contra ella, afirma el ministerio público, que cree que esta situación, unida al confinamiento impuesto por la pandemia, saturó la capacidad psicológica del investigado para afrontar los acontecimientos.

El procesado interpretó que la única salida era matar a su madre y, posteriormente, suicidarse él, aunque, cuando llamó al SOS 112, pidió asistencia médica para las heridas que se había hecho a si mismo.

Por ello, al parecer, no tenía ninguna intención de suicidarse tras matar a su madre, dado que, al desaparecer ésta, había eliminado el factor que le producía mayor estrés.

Además, el fiscal precisa que no padecía una patología psicótica que alterase su percepción de la realidad, sino que tenía una dificultad para valorar correctamente sus opciones vitales y una merma de su voluntad a causa de su gran impulsivilidad.

Resalta que este hombre presenta un patrón encubierto de personalidad evitadora, teñido de gran hostilidad, que surge con más facilidad en el entorno más próximo. Esta patrón básico de personalidad se caracteriza porque el procesado muestra acusados rasgos de desconfianza y malestar social; explora cautelosamente el entorno; es rígido e inflexible; permanece vigilante y tiene una áspera irritabilidad.

También tiene una tendencia a la exasperación precipitada y colérica con los demás y, por miedo a perder su independencia, se resiste a cualquier control externo.

Precisa que cuando el acusado afronta el fracaso, el resentimiento y la cólera superan cualquier control; la hostilidad le sirve para controlar sus sentimientos y desafiar públicamente a su oponente; e impresiona a los demás con un falso sentido de autoconfianza y seguridad en su mismo que no tiene.

El fiscal contempla para el acusado la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante analógica a la de alteración psíquica.

La fallecida tenía otros dos hijos, quienes han renunciado a la indemnización que les pueda corresponder, que el fiscal ha fijado en 25.000 euros para cada uno de ellos.

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