La Rioja

El Parque Eólico Jubera II obtiene la declaración medioambiental

El Boletín Oficial de La Rioja anuncia la aprobación de la declaración medioambiental del Parque Eólico Jubera II a pesar de las alegaciones que presentaron diferentes asociaciones vecinales de la zona.

El Parque Eólico Jubera II contará con 5 aerogeneradores y 31 MW de potencia, y forma parte de un proyecto más amplio que contempla otros dos parques eólicos más: Aldealobos, con 3 aerogeneradores y 18 MW, y Jubera, con 6 aerogeneradores y 37,2 MW de potencia.

A pesar de las alegaciones presentadas, el informe medioambiental ha sido favorable para la empresa Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, S.A.

Así, entre las alegaciones, estaba la del Ayuntamiento de Galilea, que aseguraba que no había existido un proceso de información y participación ciudadana, ni transparencia y que se había incumplido la moratoria sobre energía eólica en La Rioja. Además también hubo alegaciones de la Asociación Amigos de la Tierra y la Asociación Pronature, de la asociación Amigos de Aldealobos, de la Plataforma del Jubera y de muchos particulares.

Por otro lado, la Confederación Hidrográfica del Ebro asegura en el informe que desde el punto de vista medioambiental y en relación a las potenciales afecciones al medio hídrico, en líneas generales, se considera adecuado el Estudio de Impacto Ambiental.

La Dirección General de Infraestructuras informa desfavorablemente de los accesos propuestos en las inmediaciones de la carretera LR-259, y establece que el acceso a las instalaciones deberá realizarse en el P.K. 14+120 de la carretera LR-259, y desde ese punto a través de caminos existentes se conectarán las zonas de actuación. Así mismo, indica que antes del inicio de las obras deberán contar con autorización sectorial de esa Dirección General, y que, una vez concedida la autorización deberán solicitar una reunión a efectos de comprobación de las obras y el replanteo de las mismas, así como para verificar el uso del acceso por otras posibles intervenciones en la zona.

Y es que el Proyecto de Parque Eólico Jubera no afecta, según el informe, a espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000, ni a la Reserva de la Biosfera, ni a Hábitats de Interés Comunitarios; se localiza fuera de la zona de exclusión de parques eólicos delimitada por el Gobierno de La Rioja y de las zonas de sensibilidad ambiental delimitadas en la zonificación ambiental para energías renovables, elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Además se asegura que el aerogenerador más cercano a un núcleo de población se encuentran aproximadamente a 1.600 metros al oeste del núcleo de población de Ventas Blancas.

Aún así, se pone determinadas condiciones a la empresa como el hecho de que si se produjera una elevada mortalidad de aves por colisión en algunos de los aerogeneradores, una vez puesto en funcionamiento el parque, se podrá requerir al propietario por parte de la Dirección General de Biodiversidad, la parada temporal de los mismos durante el periodo de tiempo necesario para evitar dicha mortalidad o en caso de ser necesario, por reiteración de los episodios de colisión y mortalidad, el desmontaje y relocalización de los mismos.

También se implementará un sistema de cámaras térmicas o medio de seguimiento equivalente que evalúe los movimientos y el uso del espacio de los quirópteros en la zona, con el objetivo de conocer, valorar y acotar la afección de los aerogeneradores a estas especies.

Por otro lado, en el supuesto de que se determinara un riesgo importante para la supervivencia de los quirópteros por causa de los aerogeneradores, se podrá requerir al propietario el aumento de la velocidad de viento de arranque en el periodo de julio a octubre; si con ello no fuera suficiente, y se comprobara una elevada mortalidad, se podrá requerir la parada temporal de los aerogeneradores más peligrosos o en caso de ser necesario, por reiteración de los episodios de mortalidad, el desmontaje y/o relocalización de los mismos.

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