La Rioja

La Rioja, “zona catastrófica” por el incendio de Autol y las tormentas de junio

El Consejo de Ministros aprovecha la puerta que dejó abierta el Real Decreto de medidas para la borrasca Filomena

Villarroya (20/07/2021) | EFE/ Raquel Manzanares

El Consejo de Ministros ha acordado este martes declarar a La Rioja como zona afectada gravemente por emergencias de protección civil (ZAEPC). En concreto, por el incendio del monte Yerga ocurrido el pasado mes de julio y por las inundaciones entre los días 14 al 16 de junio. No así por el fuego que ha quemado cien hectáreas este fin de semana en Ezcaray, dado por extinguido este lunes.

Villarroya (La Rioja) – 18/07/2021 | EFE/Raquel Manzanares

El incendio alcanzó tal gravedad que el Gobierno de La Rioja se vio obligado a activar su plan de protección en una situación operativa de entidad (niveles 1 o 2), tal y como establece el Plan Estatal General de Emergencias (PLEGEM) aprobado el pasado 15 de diciembre por el Gobierno para acceder a la declaración de ZAEPC.

Respecto a las inundaciones ocurridas en La Rioja Alta, sobre todo en localidades como Fuenmayor, Santo Domingo, Ollauri y Briones, el Consejo de Ministros se ha apoyado en el Real Decreto de medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca Filomena.

Fuenmayor (14 de junio)

Este abrió la posibilidad de nuevas declaraciones de ZAEPC por hechos catastróficos acaecidos entre el 1 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Evaluación de daños

Se trata, en todos los casos aprobados por el Consejo de Ministros (hay varias comunidades afectadas), de emergencias de protección civil de grandes proporciones que han provocado daños personales, en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como daños en cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas.

Estos daños no han podido ser identificados y cuantificados con la precisión necesaria para determinar las ayudas destinadas a paliar tales perjuicios, por cuanto la fase de recuperación, iniciada inmediatamente después de la de intervención, no ha finalizado todavía.

Pese a no disponer de una estimación definitiva de los perjuicios ocasionados por estas catástrofes, el Gobierno ha valorado que la magnitud de sus efectos, las medidas que ha sido necesario adoptar para paliar la grave perturbación de las condiciones de vida de la población y conseguir el pleno restablecimiento de los servicios públicos esenciales justifican la intervención de la Administración General del Estado por solidaridad interterritorial y para complementar las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las administraciones públicas territoriales.

El acuerdo del Consejo de Ministros se extiende a las zonas que, sin necesidad de disponer de una evaluación de daños y a la vista de la información disponible, resulta manifiesto que han padecido y los efectos de los incendios, sin perjuicio de extenderla posteriormente a las zonas que hayan podido quedar excluidas, como se hizo en el caso de la borrasca Filomena.

Todas las ayudas disponibles en estas zonas declaradas como ZAEPC están previstas y reguladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se determinan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión.

La declaración como ZAEPC permitirá que los afectados puedan beneficiarse de una serie de medidas y ayudas destinadas a paliar tanto daños personales (se han registrado 58 heridos leves, de ellos 22 intervinientes en las labores de extinción) como materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, y de otros servicios.

La declaración también incluye ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, así como a las corporaciones locales en sus labores de recuperación de las áreas devastadas por el fuego.

Una vez que la Administración General del Estado disponga de una memoria con la estimación de los daños producidos, que realizará en colaboración con el resto de administraciones autonómicas y locales competentes, este acuerdo podrá incorporar otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales, a las que corresponde la competencia en materia de protección civil. Así, se estudiará la posible adopción de medidas fiscales relativas al IBI, IAE, IVA e IRPF para compensar las pérdidas ocasionadas.

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