La Rioja

El SERIS busca sanitarios jubilados para reforzar la Atención Primaria

El Servicio Riojano de Salud ha hecho un llamamiento a los sanitarios jubilados, médicos y enfermeros, para ocupar plazas en el servicio de Atención Primaria por periodos inferiores a un mes. Así lo recoge una Resolución emitida por la consejera de Salud, Sara Alba, por la cual se adoptan medidas urgentes en materia de personal con el fin de garantizar la óptima asistencia sanitaria que se ha visto afectada como consecuencia de los efectos de la pandemia.

“La reincorporación al servicio activo de personal jubilado sólo podrá producirse en categorías en las que no exista demanda de empleo en el Servicio Riojano de Salud y de personas menores de setenta años”, según señala la carta. Además, estos contratos no deberán tener una duración superior a un mes y deberán concluir como tarde antes de la fecha de finalización del actual estado de alarma (9 de mayo de 2021 a las 00:00 horas).

El evidente estado de saturación que afecta a este ámbito sanitario se hace palpable más de un año después del comienzo de la pandemia del COVID-19. Una contratación que se producirá “siempre que no exista personal especialista demandante de empleo en el SERIS y el mantenimiento de la asistencia sanitaria lo requiera”.

“La carencia de personal facultativo especialista de medicina familiar y comunitaria así como en la categoría de Pediatra de Área hace necesario, para el correcto mantenimiento de la atención primaria en este período, requerir la asistencia del personal graduado en medicina que pueda apoyar al personal facultativo especialista”, añade el comunicado.

Los profesionales sanitarios jubilados que se reincorporen al servicio activo tendrán derecho a unas retribuciones correspondientes al puesto de trabajo base correspondiente a su categoría estatutaria, o cuerpo de funcionarios equivalente, cuyas funciones asistenciales realicen de manera efectiva. Asimismo, la reincorporación al servicio activo conllevará el abono de retribuciones de carácter personal correspondientes a los complementos de antigüedad y carrera profesional o complementos personales y en el momento del cese se liquidará la parte proporcional correspondiente a veintidós días de vacaciones.

Subir