La Rioja

Los padres también serán responsables de los botellones en Logroño

Se acabó el botellón en Logroño. El pleno municipal ha aprobado este jueves la modificación de la Ordenanza de Fomento de la Convivencia Ciudadana, que entrará en vigor el próximo miércoles y establece sanciones para quienes consuman alcohol en la vía pública, salvo en los locales de hostelería debidamente acreditados.

¿Cómo ha acabado el Ayuntamiento con el botellón? Perfilando cuatro de los artículos de la actual Ordenanza para dotar a la policía de mecanismos para actuar en este tipo de concentraciones. Por ejemplo, en el artículo 17 (‘Suministro y consumo de alcohol en la vía pública’) la modificación elimina el apartado que permitía consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos, “siempre y cuando conlleve algún tipo de alteración del orden público”. Dicho de otro modo, los agentes podrán disolver un botellón aunque este se desarrolle pacíficamente y en silencio.

Otro de los artículos modificados es el 29, que tipifica las infracciones leves, entre las que se incluye el “consumo de bebidas, alcohólicas en las vías o espacios públicos, fuera  de los locales de hostelería debidamente autorizados (terrazas, veladores)”.

La normativa cambia sustancialmente en el capítulo de la Ordenanza que define las personas responsables de las infracciones. Hasta la fecha, quedaban exentos de responsabilidad “los supuestos en que sean menores de edad o concurra en ellos alguna causa legal de inimputabilidad” y el nuevo texto incluye una cláusula que establece que “los padres y madres, personas tutoras o con guarda legal, por sus acciones, también serán considerados responsables directos y solidarios de las infracciones cometidas por menores de edad cuando concurra, por parte de aquéllos, dolo, culpa o negligencia, incluida la simple inobservancia”.

Las sanciones también se endurecen con el cambio en el artículo 34 de la Ordenanza, que tendrá en cuenta la relevancia o trascendencia social de los hechos, “especialmente la realización de los hechos en presencia de menores y la comisión de la infracción zonas de juego infantil y zonas deportivas”. Una apreciación que no existía en el documento ahora modificado.

Reinserción social

No son los anteriores los únicos cambios derivados de la modificación de la normativa de convivencia ciudadana. En los mecanismos de reinserción social a los que pueden acogerse las personas sancionadas por infracciones leves (hasta ahora, “labores para la comunidad”) se incorporan “acciones de voluntariado” y la participación en “cursos que pudieran impartirse sobre la prevención del consumo de alcohol y conocimiento de sus efectos sobre la salud”.

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