Crisis del Coronavirus

Frenazo en la desescalada: La Rioja mantiene las restricciones

Frenazo en la desescalada: La Rioja mantiene las restricciones

Despacito y buena letra. El Gobierno de La Rioja ha decidido este miércoles mantener durante otra semana más el ‘nivel 4’ del ‘semáforo’ de la desescalada, ante el temor de que un alivio prematuro de las restricciones derive en un repunte en la transmisión del coronavirus.

Así lo ha confirmado la presidenta del Ejecutivo autonómico, Concha Andreu, en declaraciones a los medios de comunicación. A pesar de que los indicadores epidemiológicos han mostrado una evolución favorable en las últimas jornadas, la alta ocupación de la UCI del Hospital San Pedro ha llevado al Consejo de Gobierno a optar por la vía de la prudencia.

Así las cosas, La Rioja permanecerá otros siete días anclada en el ‘nivel 4’ del ‘semáforo’ de la desescalada, que implica el cumplimiento de las siguientes normas.

Relaciones sociales y familiares:

– Limitación al máximo de los contactos fuera de los grupos de convivencia estable.

– Reuniones hasta un máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación lasactividades laborales, educativas e institucionales, ni aquéllas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

– Mantenimiento de distancia interpersonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2m., prohibición de fumar en terrazas y prohibición de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.

– Recomendación depermanecer en el domicilio.

Movilidad:

-Limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre.

-Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.

-Restricción de movilidad nocturnaentre las 23:00hy las 05:00h.

-Transporte público y colectivo:se recomienda aumentar la frecuencia de horarios al máximo para garantizar una ocupación lo más baja posible. Debe garantizarse la renovación del aire. No podrán ocuparse más de 2 asientos por fila en VTC y taxis salvo GCE y sin ocupar el asiento contiguo al conductor. Asimismo, se recomienda evitar viajes en hora punta salvo para ir al trabajo o al centro educativo.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:

-Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo diez personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-Limitación de asistentes a 20 personasen espacios abiertossiempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Otras ceremonias (nupciales, bautizos y lugares de culto):

– Si es posible, aplazamiento de la celebraciónhasta la mejora de la situación epidemiológica.

– Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo diez personas).

– Limitación de asistentes a 20 personas al aire libresiempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

– Prohibición de la utilización de pista de baileo espacio habilitado similar para ese uso, excepto para el baile nupcial entre los recién casados.

– Aforo de 1/3 en lugares de culto en espacios cerrados. Serecomienda ofrecerservicios telemáticos o por televisión. -La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.

– Prohibición del uso de agua benditay las abluciones rituales deberán realizarse en privado, en lugar diferente del de culto.

– Durante el desarrollo de las celebraciones se evitará el contacto personal, el tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.

Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:

– Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.

– Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.

Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:

– Apertura con un aforo del cincuenta por ciento en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesaso agrupación de mesas.

Hostelería y restauración (bares, cafeterías, restaurantes incluidos de hoteles…):

– Servicio de recogida en local: permitido hasta el límite de horario de restricción de movilidad nocturna.

– Servicio de repartoa domicilio: permitido hasta el horario de licencia del establecimiento.

  • Zonas interiores:

– Aforo del treinta por ciento y ocupación máxima de 6personas por mesao agrupación de mesas. Garantizar la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Excepciones al 30%del aforo: comedores de hoteles y casas rurales y campings podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento,siempreycuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter general. También quedarán exceptuados los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios, servicios sociosanitarios, servicios de comedor de carácter social, comedores escolares y de empresa.

– Prohibición de consumo en barra.

– Limitación de horario de apertura al público hasta la hora de comienzo del horario de restricción a la movilidad nocturna.

– Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo de horario de restricción de movilidad nocturna.

– Eliminar los servicios self-service obuffet.

– Prohibición de utilizar cachimbas o similares.

– Uso de mascarilla obligatorio en todo momento salvo cuando se esté comiendo o bebiendo.

– Se recomienda no disponer de juegos de mesa.

– Ventilación, limpieza y desinfección continua.

  • Zonas exteriores:

– Aforo del 75 por ciento con grupos de clientes separados de un máximo de 6 personas sujetos, en todo caso, a las limitaciones en las condiciones de reuniones de carácter general.

– Mesas con distancia mínima de 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.

– Limitación delahora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo de horario de restricción de movilidad nocturna.

– Uso de mascarilla obligatorio en todo momento salvo cuando se esté comiendo o bebiendo.

– Prohibición deutilización de cachimbas o similares.

– Se recomienda no disponer de juegos de mesa.

– Limpieza y desinfección continua.

Discotecas y locales de ocio nocturno:

– Cierre.

Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:

– Aforo del treinta por ciento en zonas interiores con máximo de seis personas por mesa.

– Prohibición de consumo en barra.

– Limitación de la hora de admisión de clientes hasta una hora antes del comienzo del horario de restricción a la movilidad nocturna.

Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):

– Zonas interiores: Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: aforo máximo de 1/3 garantizando la distancia de seguridad y ventilación. En caso de no poder garantizarse deberán permanecer cerrados. En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas aplicablesa dicho nivel. Uso obligatorio de mascarilla.

Práctica deportiva:

– Ejercicio físico odeporte en grupo no profesional: Permitidos eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia higiene y prevención. 1/3 de aforo de público.

– Interiores cerrados

– Valorar suspensión de deportes con contacto físico.

– Grupos de un máximo de 6 personas.

– Práctica deportiva federada y profesional: permitida según protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes garantizando las medidas de distanciamiento, prevención e higiene.

– Permitidos entrenamientos de equipos federados y Juegos Deportivos de La Rioja.

– Ejercicio físico individualal aire libre: permitidogarantizando las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.

– Posibilidad de práctica en grupo, limitado al máximo depersonas autorizadas para reuniones sociales.

Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales.

– Solamente se podrán realizar de forma telemática.

Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales.

– No podrá superarse el aforodel 50%.

– Deberá mantenerse un asiento de distancia en la misma fila (si se trata de asientos fijos) o 1,5m. si no hay asientos fijos.

– Entradas numeradas, asientos preasignados.

– Prohibición de comer y beber durante el espectáculo.

– Se dispondrá de un sistema de entrada y salida que garantice que no se produzcan aglomeraciones y se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Locales comerciales y prestación de servicios y mercadillos.

  • Locales comerciales:

-Aforo a 1/3.

-Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a unsolo cliente.

– Los servicios de envío a domicilio y recogida podrán mantenerse operativos.

-Prohibición de venta de alcohol a partir de las 22:00 h. y hasta las 06:00h. del día siguiente en todo tipo de establecimientos de venta al público, independientemente de la licencia con la que operen. Igualmente se aplica dicha prohibición a gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.

  • Mercadillos:

-50% de los puestos habitualmente autorizado, si son al aire libre.

  • Centros comerciales:

-Permanecerán cerradas las zonas comunes y recreativas de los centros comerciales, salvo para el tránsito de personas entre los distintos establecimientos y las terrazas dedicadas a la hostelería, que se regirán por lo dispuesto por sus propias medidas.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada

-Aforo del 1/3.

-Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.

-Suspensión de actividades dondeasistan personas vulnerables.

-Recomendación de enseñanza telemática.

-Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos

  • Hoteles:

-Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo)siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.

  • Albergues:

-Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo)siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.

-Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.

Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…

-Aforo del 50%para cada una de las salas y espacios públicos.

-Actividades en grupo máximo 6 personas.

Piscinas y zonas de baño

-Aforodel 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.

-Control de aforos.

Parques y zonas de esparcimiento al aire libre

-Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.

-Prohibición del consumo de alcohol.

-Recomendación del cierre nocturno.

Caza y pesca

-Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.

-Mantenimiento de distancia interpersonalde 1,5m. y uso de mascarilla.

-Si la actividad implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuacióncon las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.

-Grupo máximo de 6 personastanto para caza como pesca.

-No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.

Subir