La Rioja

Declarado nulo el despido de una trabajadora embarazada en una franquicia de alimentación

El Juzgado de lo Social número 3 de Logroño ha declarado nulo el despido de una trabajadora a la que le fue comunicado su cese por no haber superado el periodo de prueba. La jueza ha tenido en cuenta que la comunicación de no haber superado el periodo de prueba se produjo después de que la empresa fuese conocedora del estado de gestación en la que se encontraba la trabajadora.

Esta mujer trabajaba en una franquicia de una importante cadena de alimentación con antigüedad desde noviembre de 2017 y con un contrato indefinido de apoyo a emprendedores hasta que le fue comunicado por escrito en febrero de 2018 que no había superado el período de prueba, al mismo tiempo que conoció la noticia del estado de embarazo de la trabajadora.

“A pesar de que las empresas no tienen obligación de justificar la extinción del contrato de un trabajador a prueba, si existen indicios de discriminación sexista, deben justificar que el cese no está relacionado con este motivo, se trata en definitiva, de que el empleador acredite las causas de no superar el periodo de prueba de forma objetiva y razonable, eliminando toda sospecha de lesión de derecho fundamental de la trabajadora”, han señalado desde CCOO en un comunicado.

En consecuencia, la sentencia declara nulo el despido y condena a la empresa demandada a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones de trabajo existentes antes del despido y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del mismo.

La Federación de Servicios de CCOO ha señalado que lucha contra la precariedad laboral y para combatir las situaciones relacionadas con discriminación, sea del tipo que sea: “En estos momentos, estamos a la espera de la celebración de tres juicios por este mismo motivo, esperando a que se pronuncien en el mismo sentido despido nulo”.

Subir