La Rioja

La DGT intensifica los controles de velocidad esta semana

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha informado que esta semana, entre el 18 y el 24 de abril, intensificará los controles de velocidad en las carreteras riojanas. Será a cualquier hora del día y, especialmente en carreteras convencionales, en los tramos en que se haya detectado mayor siniestralidad o en aquellos tramos que, por su trazado, sean susceptibles de que se produzcan accidentes por velocidad inadecuada. También en vías en zona urbana.

Los agentes participantes serán del Subsector de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, aunque también las Policías Locales en vías de su competencia. El objetivo no es otro que “concienciar sobre la peligrosidad del exceso de velocidad en la conducción, así como ejercer una labor preventiva con presencia de patrullas, a la vez que se vigilan y controlan los excesos de velocidad mediante radares fijos, estáticos y móviles”.

En más de un 20% de los accidentes con víctimas ocurridos en La Rioja durante 2015 y en un 20% de los accidentes mortales estuvo presente la velocidad inadecuada como causa directa, ha señalado la DGT, para poner el acento en que a partir de 80 kilómetros por hora es prácticamente imposible que un peatón se salve en un atropello. A una velocidad de 30 kilómetros por hora el riesgo de muerte del peatón se reduce al 10% y a 120 kilómetros por hora necesitamos para detenernos una distancia superior a un campo de fútbol, ha incidido.

NORMATIVA

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 90 a 600 euros y la retirada de entre 2 y 6 puntos.

CÓDIGO PENAL.

El artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

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